Accidente con un vehículo estacionado

Hace casi dos meses me dieron un golpe estando aparcado porque el vehículo A hizo un giro a la izquierda donde no podía y embistió al vehículo B que a la vez embistió sobre el mio que estaba estacionado, la urbana hizo atestado y yo hice parte con el vehículo B, mi compañía QUALITAS me sugirió un taller de su confianza y allí esta el vehículo ya que no puede circular. Al cabo de mes y medio tengo peritage pero me dicen que hay que reclamar al vehículo A que es el que ha ocasionado el accidente y la compañía es ALLIANZ que no esta suscrita al convenio SDM y que hay reclamarle por otra vía y yo todavía sin saber si me van arreglar la furgo que vale 3700€ y el taller apretándome que o arreglo o me cobran pupilaje o me llevo la furgo, mi compañía que están haciendo todos los tramites. Mientras yo sigo pagando la letra de la furgo sin poder disfrutarla y teniendo que coger tren y algunas veces taxi para ir al trabajo, quisiera saber si puedo reclamar las letras que estoy pagando estando sin furgo y los tiquets del tren y taxi y si mi compañía tiene la aceptación de responsabilidad por parte de la asegurdora contraria debería arreglarme la furgo. Un saludo estoy pasando muchos días con estrés por muy mala praxis de las compañías recomiendo que nunca se hagan seguros a terceros preferible a todo riesgo con franquicia, se paga la franqicia y problema solucionado.

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La defensa jurídica es para reclamar únicamente, debe insistir para que le acepten la reparación o hacer la demanda civil.

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Lamentablemente las soluciones reales no obedecen en muchos casos a la teoría, a lo que dicta el sentido común o la buena voluntad. Las compañías no adelantan compromisos de pago ni se preocupan por los perjuicios que pueda estar padeciendo el asegurado porque entienden que son los perjuicios del sistema y que ellos no tienen la obligación ni a veces la posibilidad de solventarlos a pesar de que en su ánimo esté el hacerlo.

No hay más cera que la que arde y hasta que no se llegue a una aceptación de culpa y a la valoración total y concreta de los daños nadie mueve ficha.

El sistema o sea la ley, reconoce todos los perjuicios inherentes a una situación pero no la situación desde la cual, cada individuo debe afrontarlos. Esto hace que muchas veces nos encontremos en casos paradójicos donde para percibir una indemnización el perjudicado deba desembolsar un dinero que no tiene o afrontar unos gastos para los que no está preparado. Es entonces cuando la indefensión manifiesta en la que se encuentra el asegurado evidencia la parte más cruda del sistema y es que no existe una cobertura total sino que la cobertura se limita a garantizar los medios para operar dentro del sistema de acuerdo a este, pero no para satisfacer las necesidades reales que en muchos casos van mucho más allá de las soluciones que proporciona el sistema.

A esto hay que añadir claro está como en todo en la vida, la buena fe y competencia dentro de las posibilidades de las partes implicadas, que no siempre son los ideales.

De todos modos y pesar de que el proceso pueda ser más o menos lento, por experiencia sé que cuando un procedimiento no avanza, es porque alguien no está haciendo lo que debe por suponer o por empeñarse en que es la otra parte quien debe hacerlo. Estas guerras nunca terminan bien, ya que mal que nos pese hay que pasar por el aro y hacer lo que dice el sistema, que es la forma en que cada parte puede hacer su trabajo. Por eso lo recomendable es mantenerse informado de la situación a través de su agente y seguir los pasos por los cauces indicados.

Centrándome en su caso, cuando hay atestado la cosa puede dilatarse mucho dependiendo de las circunstancias. Si en el atestado hay presunción de delito, antes de ser librado, el atestado pasa por el registro de la secretaria de justicia y solo cuando le dan aprobación se lo pasan a la compañía. Luego, su compañía de usted, inicia la reclamación a la compañía contraria en base a ese atestado y a la viabilidad del mismo, entrando en el proceso de reconocimiento de culpa y de negociación para aceptar el coste de los daños. Entretanto, no se dará compromiso de pago al taller ni este querrá reparar, a no ser que sea usted quien se haga cargo de la reparación, lo cual podría hacer sin perder ninguno de sus derechos y reclamar luego el importe de la factura. Pero aquí me remito a lo que decía antes, de que si bien todos los perjuicios están reconocidos por la ley, esto no evita que la persona perjudicada deba asumir el perjuicio de su perjuicio, es decir, el perjuicio que puede ocasionar el proceso en sí, por su situación.

Por eso como usted bien dice, lo mejor es un todo riesgo, aunque no siempre es viable por la antigüedad del vehículo, lo que nos devuelve a una situación de relativa indefensión forzada cuando por ejemplo, en un seguro a terceros no se tiene culpa y el vehículo es declarado siniestro total, lo cual sería objeto de otro debate ya bien conocido.

El plazo que indica parece ser suficiente como para resolver el proceso, así que lo primero que le recomiendo que se informe de en qué fase se encuentra la tramitación y de lo que falta para pasar al paso siguiente. Si lo que falta es respuesta de la parte contraria apremie a su compañía a insistir en reclamar esta respuesta ya que hay unos plazos que las compañías se pueden tomar para responder y que sin incurrir en ilegalidad no dejan de aumentar el perjuicio y esto ocurre por varias razones no siempre es por mala gestión. Asegúrese de que por su parte al menos está haciendo lo que debe y apremie a su agente y/o tramitador para que le mantenga al corriente.

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Los siniestros por SDM (+de 2 vehículos implicados) son mucho más lentos en la tramitación que los de CICOS. De todas formas, habla con tu compañía y exponle este problema para que te digan si puedes alquilar un coche o si pueden tratar de que el taller te presté un coche (ya que ha sido la Compañía la que te ha dirigido a ese taller) o que adelanten el compromiso de pago si está la cosa clara. Dos meses, si el coche no circula, ya me parece mucho tiempo.

Si lo tienes a Todo Riesgo puedes reparar a través de esta garantía y pagar la franquicia, que luego te reembolsarán cuando se resuelva el siniestro.

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Es que este tipo de siniestros van mucho mas lentos. Los tickets de tren y taxi, no los están aceptando los jueces al reclamar por tener el coche inmovilizado. Mire a ver si en su póliza si tiene contratado vehículo de sustitución, qualitas lo tiene, pero no sé si como opcional.

Si existe atestado y parte, es posible que su compañía pueda adelantar el compromiso de pago. Inténtelo y si no, Yo repararía por mi cuenta, salvo que sea siniestro total.

Lo que no veo es la mala praxis por ningún lado, las reclamaciones llevan sus procesos, otra cosa es que nos afecten. Pero supongo que nadie pagaría una reclamación porque si, ¿no?

Saludos, y espero que se lo reparen pronto.

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Si además de terceros, tiene cobertura de defensa y reclamación, asistencia jurídica, debe exigir a su compañía que repare y reclame a quien corresponda, si no lo tiene, necesita un abogado para este menester.

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