Igual esto te sirve:
Empadronamiento sin domicilio fijo
Pero, ¿qué pasa si has alquilado sólo una habitación y no puedes, por cualquier causa, obtener un contrato o prueba de que vives allí? ¿O si estás en una caravana o vivienda temporal de cualquier tipo que no conste en el catastro o no posea documentos de propiedad?
El artículo 3.3 de la Resolución de 16 de marzo de 2015 del Ministerio de la Presidencia nos ofrece una alternativa para el empadronamiento sin domicilio. Y es que los servicios sociales del ayuntamiento realicen una visita al sitio que tu señales como vivienda, comprueben que efectivamente vives allí y presenten un informe al respecto.
En ese informe no tienen por qué referirse ni a las condiciones de la vivienda ni a la validez o no de tu derecho a vivir en ella. Se trata simplemente de que constaten que tú resides en ella, sin mayores análisis.
Para algunos ayuntamientos, como el de Barcelona y el de L’Hospitalet de Llobregat, esto es un trámite bastante conocido y que aplican con regularidad. En dicho ayuntamiento el trámite toma tres meses.
Para otros, por el contrario, es algo que no manejan con frecuencia. Si este último es tu caso, y no encuentras mucha receptividad por parte del funcionario a cargo del padrón, remítelo a que revise la citada Resolución del 15 de marzo de 2015.
En este enlace encontrarás las preguntas frecuentes sobre empadronarse en Madrid, entre las dudas hay varias sobre empadronamiento sin domicilio fijo.
fuente: http://romuloparraabogado.com/how-to-obtain-the-municipal-registry-having-no-domicile