Tendría que dar su parte del piso al hijo de mi marido si éste fallece y el piso también es mío y vivo en él?

Tengo un piso con mi marido al 50%. El tiene un hijo de una relación anterior.

El piso está ya en parte pagado pero aún quedan 90000 euros de hipoteca.

Creo que aunque falleciera mi marido yo tendría el usufructo aunque no haya testamento.

Pero mi pregunta es, aunque yo siguiera viviendo ahí tendría que darle a su hijo su parte, es decir, ¿quedarme yo el piso pero darle en efectivo su parte? ¿O cuándo tendría que darselo? ¿O sólo lo tendrá cuando yo muera también?

Obviamente esos 90000 de hipoteca que quedan tendría que pagarlos yo sola, así que la otra pregunta es, si la herencia la pidiera cuando ya esté el piso pagado después de x años, ¿le tendría que dar sólo lo pagado a fecha de que su padre muriera o lo de todo el piso?

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¿El piso y la hipoteca a nombre de quien están? ¿Estáis casados en régimen de gananciales o de separación de bienes? ¿Este piso se compró antes o después de casaros?

No estamos casados,pero prevemos casarnos al año que viene.

El piso se compró hace un año,y está tanto la propiedad como la hipoteca al 50% suyo y mío.

Dije la palabra marido porque para mí lo es y más porque nos casaremos al año que viene,llevamos 8 años juntos conviviendo y tenemos una niña en común de cuatro años, gracias.

Es evidente que el 50% de este piso es tuyo, así como tuyo es también el compromiso, junto con tu pareja, de seguir pagando la hipoteca. Si él falleciera, su hijo heredaría el 50% del piso, pero también el compromiso de pagar la hipoteca contigo. De ahí nadie te saca, pero corres el riesgo de que el "niñito" no quiera seguir pagando su mitad de la hipoteca. Me temo que, llegado el caso, vas a tener que recurrir a un abogado pues, si como me temo, el susodicho no quiere pagar su parte de la hipoteca, se puede llegar a tener que vender la propiedad y repartirse el monto de la venta entre los dos.

Y añadiré, lo ideal seria que os casaseis de una vez y estas cosas quedasen caras en las "capitulaciones matrimoniales". El notario que las redacte te ayudaría a redactarlas de forma que no quedes tú con el problema que he mencionado.

Muchas gracias.El niño tiene 9 años,es decir,que pagar no va a pagar nada.A lo que me refería yo es que si en este caso su madre que sería su responsable,puede venir y pedirme el dinero en efectivo de la herencia de su padre,cuando esa herencia lo único que es es un piso en parte pagado y en parte hipotecado,piso en el cual yo vivo y que es 50% mío;o bien no podría pedirlo hasta que yo falleciese?es decir, cuándo podría pedirlo y cual sería su parte, sólo lo ya pagado no?

"Contra el vicio de pedir hay la virtud de no dar". ¿Conocías el refrán? Con ello significo que tu estarás en tu casa, y nadie te puede sacar de ahí. Tu único problema sería tener que pagar el resto de la hipoteca tu sola pero, llegado el caso, deberías ponerte en contacto con un abogado para que defienda tus intereses. Es evidente que con el fallecimiento de tu pareja el banco va a exigir que tu figures como única deudora. Ello tiene sus inconvenientes, pero también la ventaja de que, conforme vayas pagando las cuotas, cada vez tu participación en la propiedad será mayor, o sea que el "niñito" en cuestión o quienes lo representen, cada vez tendrán menos peso en la eventual demanda.

Y hazme caso. Estate tranquila pero preparada a contratar un abogado si llega el momento.

¡Gracias! 

Una última pregunta aprovechando su amabilidad,si me llega a pedir algo podría pedir sólo la legítima ya que yo vivo en esa casa y también es mía o todo lo que le corresponde?

La "legítima" es algo que confunde a mucha gente. Si él fallece, y lo hace sin haber hecho testamento, a su hijo le corresponde toda su parte en la herencia, o sea en este caso el 50% del piso y, naturalmente, a pagar el 50% de lo que se deba aún de la hipoteca. Lo que sí podria hacer él en su testamento sería dejar a su hijo solo la legítima, y a ti el resto, o sea su mitad de la casa. El seguir viviendo en ella no te lo quita nadie.

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