Matrimonio y casa en herencia

Vivo hace 10 años con una mujer, en ese tiempo, ella recibió una casa de herencia de su madre, en la cual ya vivía y vivimos ahora los dos,(yo he realizado reformas y vivimos de mi pensión, que es de 1440.- Euros, la de ella es de 440.- )Sus hermanas reclamaron, ella llego a un acuerdo y les pago su parte, para pagar a sus hermanas pidió un préstamo que yo avale y que pagamos los dos. Ella tiene dos hijos, yo tengo uno, todos viviendo fuera de casa, mayores de edad. Me voy a someter a una operación de mucho riesgo y me he casado para que ella reciba la pensión de viudedad, el matrimonio es en gananciales. Si yo no fallezco y ella muere antes, ¿cómo quedaría para mi, el tema de la casa?. Si yo fallezco, cuando ella fallezca, ¿le pertenece algo a mi hijo de la casa?

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Pues yo siempre recomiendo hacer testamento.
Si no hay testamento, como la casa es de ella. Solo de ella, sus herederos son sus hijos.
Ustedes están casados en gananciales, pero las herencias no entran en gananciales.
Aunque hubieran estado casados hace 40 años, si ella recibe una herencia, es solo suya. Usted no tiene derechos.
Es lo mismo que si se hubieran casado y tuvieran ambos propiedades estando solteros.
Lo de cada cual es de cada cual. No entraría en gananciales.
Solo entra en gananciales lo adquirido en gananciales.
Si usted fallece, ella sigue siendo dueña al 100% de su casa. Y sus herederos son sus hijos.
Si usted no fallece y es ella quien fallece antes, usted como marido tiene derecho al usufructo de un tercio de la herencia de ella. Los hijos de ella serian los herederos.
Si hace testamento, la legítima es de los hijos, que son dos tercios.
El otro tercio es de libre disposición y podría dejárselo a usted,(o también a sus propios hijos) aparte de que podría dejarle el usufructo de la totalidad del piso, no solo el tercio que en usufructo le corresponde por ser su marido. Así usted podría seguir en él hasta que muera.
Salvo que a usted en el testamento le deje ese tercio de libre disposición, usted no tendría nada en propiedad.
Por tanto, cuando usted falleciera también, su hijo nada podría reclamar.
Otro tema es que su hijo (o usted) se quiera meter en un pleito largo, costoso y de muy dudoso resultado alegando que usted ha aportado dinero para la casa. Pero ya digo que es de muy dudoso resultado y caro.
Y además, habría de aportar pruebas: Facturas, recibos a su nombre...
Complicado.
Lo siento, pero es así. Y además, vete tu a saber qué resolverá "su señoría". Los jueces ya nos tienen acostumbrados a sentencias de lo más ilógicas.
En fin, si quiere puntualizar algo, me lo dice.
Y si no va a añadir más, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.

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