Herencias En virtud de la ley 1 de julio del año 2015 los notarios están obligados?.

Dicha ley cuando por culpa de un heredero entramos en herencia conflictiva, da facultad a la mayoría de herederos a acudir al notario para el reparto, ¿una vez completado los requisitos el notario está obligado a llevar el tema? ¿O por el contrario puede negarse? ¿Y en ese caso que hacer? .

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Respuesta

Deberías ser más especifico. ¿A qué ley te refieres?

¡Gracias! https://www.notariosyregistradores.com/web/secciones/oficina-notarial/otros-temas/la-particion-de-herencia-conflictiva-tras-la-ley-de-jurisdiccion-voluntaria/  mira me refiero a que en vez de ir por la vía judicial al reparto de una herencia con esa ley del año 2015 se puede tramitar todo lo referente al reparto de herencia cuando uno de ocho herederos se niega al reparto. Mi duda es el notario en cuestión, está obligado a gestionarlo? , O por el contrario,  puede negarse?. Ahí te envío un enlace que trata sobre esa ley, pero no tengo claro que los notarios estén obligados, por que me da que no ponen mucho interés en  gestionarlo, de ahí mi duda y mi pregunta por si alguien puede aclararme algo sobre ello.

Muchas gracias

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