Tratamiento contable de activos virtuales

En estos días tecnológicos que corren, mi pregunta es cómo ha de contabilizarse un activo de mi empresa que físicamente no está en ella, sino que está en la "nube". ¿Hay qué amortizarlo?, ¿Se ha de llevar directamente su compra a Gasto?.

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Los activos virtuales, siempre que cumplan la definición de activo, del plan general de contabilidad, es decir que sean bienes, derechos y otros recursos controlados económicamente por la empresa, resultantes de sucesos pasados de los que se espera que la empresa obtenga beneficios o rendimientos económicos en el futuro, deben de figurar en el activo intangible de la sociedad, grupo 20, y por tanto deben de tener una amortización sistemática. Podría considerarlo como gasto cuando su periodo de utilización sea igual o inferior a un año..

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