I. Hola Compañero, lamento su situación, en mi caso tengo una discapacidad y pienso que al margen de solicitar una incapacidad laboral (temporal, parcial o total según proceda), podría pedir ambas, incapacidad y porcentaje de discapacidad, ya que pueden coexistir al mismo tiempo, incluso cuando se llega a percibir una PNC por la discapacidad.
La incapacidad debe solicitarse en una oficina de INSS pero no lo recuerdo, aqui creo que puede ver en que consiste la incapacidad permanente y como realizar todo el proceso de solicitud.
https://loentiendo.com/la-incapacidad-permanente-absoluta/
https://www.campmanyabogados.com/blog/incapacidad-permanente/solicitud
http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/Direcciones/GestionTelefonica/176568
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** Está determinada por la base reguladora y el porcentaje que se aplica según el grado de incapacidad permanente reconocido.
- Incapacidad permanente parcial, consiste en una indemnización a tanto alzado (24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la incapacidad temporal).
- Incapacidad permanente total, 55% de la base reguladora. Se incrementará un 20% a partir de los 55 años cuando por diversas circunstancias se presuma la dificultad de obtener empleo en actividad distinta a la habitual.
- Incapacidad permanente absoluta, 100% de la base reguladora.
- Gran invalidez, se obtiene aplicando a la base reguladora el porcentaje correspondiente a la incapacidad permanente total o absoluta, incrementada con un complemento.**
Sobre la incapacidad, puede plantearse solicitar una valoración gratuita y oficial desde un 'centro base' o centro de valoración, en cada provincia existen uno o dos de estos centros.
http://sid.usal.es/faq.aspx?id=230
En esta valoración es necesario aportar todos los informes médicos desde el médico de cabecera, junto con rellenar un impreso de solicitud que facilitan en el mismo centro. A mi juicio es posible que puedan concederle un 33% de discapacidad, (el porcentaje mínimo para tener condición de discapacitado), en situaciones por ejemplo de no poder desempeñar un trabajo y con clara pérdida de calidad de vida es necesario intentarlo.
Una discapacidad del 33% o 40% (es por ejemplo mi caso), no comporta una prestación, pero sí algunas ventajas importantes como desgravar en hacienda, (a nivel laboral, o recibir una herencia), descuentos cuando se adquiere una propiedad y en el transporte público.
Existe una prestacion o subsidio para personas mayores de 45 años, en este artículo se desglosa en qué consiste y los requisitos para percibirla.
https://loentiendo.com/subsidio-mayores-de-45-anos/
Aunque deberá contestarle un experto para mayor información, deseaba dejar a su vez algunas otras opciones de subsidio que pienso podrían ser de su interés. Mucho ánimo.
- Prestación por hijo a cargo. Será necesario que sus hijos, en caso de tenerlos, sean menores de 18 años, o bien que, siendo mayores de edad, padezcan algún tipo de discapacidad, (porcentaje de un 33% como mínimo),
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio
- Información global sobre subsidios de desempleo existentes.
https://loentiendo.com/el-subsidio-por-desempleo/