Puedo cobrar algún tipo de incapacidad ?

Hace 6 meses estando de alta para una empresa, en horario no laboral, sufrí una agresión, la cual me corte los tendones de la mano derecha, estoy cobrando la baja por la mutua, el caso que la mano no se me va a quedar del todo bien, el dedo pulgar no puedo cerrarlo y 2 dedos más no me cierran la mano, ¿podría pedir incapacidad parcial? Y si es así, donde tengo que ir y que pasos tengo que seguir.

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I. Hola Compañero, lamento su situación, en mi caso tengo una discapacidad y pienso que al margen de solicitar una incapacidad laboral (temporal, parcial o total según proceda), podría pedir ambas, incapacidad y porcentaje de discapacidad, ya que pueden coexistir al mismo tiempo, incluso cuando se llega a percibir una PNC por la discapacidad.

La incapacidad debe solicitarse en una oficina de INSS pero no lo recuerdo, aqui creo que puede ver en que consiste la incapacidad permanente y como realizar todo el proceso de solicitud.

https://loentiendo.com/la-incapacidad-permanente-absoluta/

https://www.campmanyabogados.com/blog/incapacidad-permanente/solicitud

http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/Direcciones/GestionTelefonica/176568

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** Está determinada por la base reguladora y el porcentaje que se aplica según el grado de incapacidad permanente reconocido.

- Incapacidad permanente parcial, consiste en una indemnización a tanto alzado (24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la incapacidad temporal).

- Incapacidad permanente total, 55% de la base reguladora. Se incrementará un 20% a partir de los 55 años cuando por diversas circunstancias se presuma la dificultad de obtener empleo en actividad distinta a la habitual.

- Incapacidad permanente absoluta, 100% de la base reguladora.

- Gran invalidez, se obtiene aplicando a la base reguladora el porcentaje correspondiente a la incapacidad permanente total o absoluta, incrementada con un complemento.**

Sobre la incapacidad, puede plantearse solicitar una valoración gratuita y oficial desde un 'centro base' o centro de valoración, en cada provincia existen uno o dos de estos centros.

http://sid.usal.es/faq.aspx?id=230

En esta valoración es necesario aportar todos los informes médicos desde el médico de cabecera, junto con rellenar un impreso de solicitud que facilitan en el mismo centro. A mi juicio es posible que puedan concederle un 33% de discapacidad, (el porcentaje mínimo para tener condición de discapacitado), en situaciones por ejemplo de no poder desempeñar un trabajo y con clara pérdida de calidad de vida es necesario intentarlo.

Una discapacidad del 33% o 40% (es por ejemplo mi caso), no comporta una prestación, pero sí algunas ventajas importantes como desgravar en hacienda, (a nivel laboral, o recibir una herencia), descuentos cuando se adquiere una propiedad y en el transporte público.

Existe una prestacion o subsidio para personas mayores de 45 años, en este artículo se desglosa en qué consiste y los requisitos para percibirla.

https://loentiendo.com/subsidio-mayores-de-45-anos/

Aunque deberá contestarle un experto para mayor información, deseaba dejar a su vez algunas otras opciones de subsidio que pienso podrían ser de su interés. Mucho ánimo.

- Prestación por hijo a cargo. Será necesario que sus hijos, en caso de tenerlos, sean menores de 18 años, o bien que, siendo mayores de edad, padezcan algún tipo de discapacidad, (porcentaje de un 33% como mínimo),

http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio

 - Información global sobre subsidios de desempleo existentes.

https://loentiendo.com/el-subsidio-por-desempleo/

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