Incapacidad permanente total para la profesión habitual

Me han reconocido un grado de discapacidad del 33%, dos hernias L4-L5, L5-S1, estenosis foraminal izquierda y escoliosis degenerativa. Tengo la electromiografia hecha, tengo 46 años y 17 años cotizados, trabajo en la construcción montando andamios y colocando protecciones colectivas, es un trabajo de coger mucho peso subir mucha altura y caminar mucho por la obra. ¿Puedo pedir Incapacidad permanente total para mi profesión por el tribunal medico? ¿Hay opciones para que me la conceden?

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I. Hola Abdu Salam, en mi ignorancia pienso que podría pedirla sin ningún problema porque por desgracia se estan dando las circunstancias apropiadas para que no pueda realizar su trabajo de la manera adecuada, y en base a los cuadros clínicos que presenta, cabe la posibilidad de que nunca más sea capaz de desempeñar una labor de este tipo.

Creo que debe solicitarse en una oficina de INSS pero no lo recuerdo, en estos enlaces se explica en que consiste la incapacidad permanente y como realizar todo el proceso de solicitud

https://loentiendo.com/la-incapacidad-permanente-absoluta/ 

https://www.campmanyabogados.com/blog/incapacidad-permanente/solicitud 

http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/Direcciones/GestionTelefonica/176568 

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** Está determinada por la base reguladora y el porcentaje que se aplica según el grado de incapacidad permanente reconocido.

  • Incapacidad permanente parcial, consiste en una indemnización a tanto alzado (24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la incapacidad temporal).
  • Incapacidad permanente total, 55% de la base reguladora. Se incrementará un 20% a partir de los 55 años cuando por diversas circunstancias se presuma la dificultad de obtener empleo en actividad distinta a la habitual.
  • Incapacidad permanente absoluta, 100% de la base reguladora.
  • Gran invalidez, se obtiene aplicando a la base reguladora el porcentaje correspondiente a la incapacidad permanente total o absoluta, incrementada con un complemento.

Tambien existe una prestación/subsidio de 350€ para personas mayores de 45 o 55 años, me parece que no es incompatible con el resto de subsidios y ayudas. Mucho ánimo y suerte.

¡Gracias! Muchas gracias.

PD: Disculpe, olvidé mencionar que aunque le concedan la incapacidad permanente total, usted tiene la posibilidad de poder trabajar simultáneamente mientras cobra la pensión, siempre que la labor que desempeñe no guarde ningún vínculo con la profesión anterior, es decir, por ejemplo podría dedicarse a la docencia, a ser taxista, o trabajar en una oficina, cualquier labor que sea distinta a la construcción, de este modo no tendría que jubilarse a nivel laboral, mientras puede seguir cobrando la pensión.

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¿Las pruebras que me haga por lo privado sirve para solicitar un agravio de mis lesiones?, ya que yo poseo una incapacidad permanente total desde hace 17 años,¿serviría esas pruebas medicas privadas para que me den la incapacidad absoluta?

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