Poner cristal fijo donde hay apertura a menos de 3m de propiedad vecina

Acabo de adquirir un terreno urbano que tiene una construcción de una vivienda (1973) la cual parece que no está registrada en el registro de la propiedad (pero sí que consta en el catastro y en otros organismos municipales. Existe cédula de habitabilidad, informe de arquitecto técnico, certificado de calificación energética, etc...).

La construcción la hicieron pegada a la linde del vecino, el cual por aquel entonces tenía solo huerto. Lo que da a esa linde es una terraza cubierta. Con muro por tres laterales excepto por el lado que da a ese vecino, que es todo al aire libre.

En 1976, el vecino construyó su casa enfrente.

Ahora, yo quiero poner cristaleras fijas en esas aberturas que dan al vecino, puesto que quiero cerrarlo y así tendré más salón, pero el vecino se niega... Dice que no puedo poner ventanas hacia su terreno, pero lo que hay ahora es una abertura más grande si cabe. Lo que yo pretendo es disminuir esas aberturas haciendo más pared pero dejando una cristalera para no quitar toda la luz de la que ahora sí dispongo.

¿Hasta qué punto puede impedírmelo el vecino? Mi edificación está antes que la suya y además existe dicha abertura desde que se construyó.

¿Influye negativamente que no esté en el registro de la propiedad?

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