Responder a NOTIFICACIÓN de la que no se es destinatario

Vendí una casa de mis abuelos en 1999 que solo tenía referencia catastral, sin escrituras ni registro . En la venta hicimos documento privado sin mas. El ibi lo paga desde la venta su actual dueño, claro, pero sigue apareciendo a nombre de mi abuelo, ya que el actual dueño por lo que he visto no ha hecho cambios. Después de tanto tiempo ahora me llega de catastro un escrito a mí- y como destinatario HEREDEROS de (nombre de mi abuelo), y dice que cambian la via con plazo para si no se esta de acuerdo.
La duda es si debo dar la carta a la persona que en 1999 me la compró o si debo ser yo quien responda a catastro que me deshice de la casa y dar el nombre del actual dueño.
¿Puede el actual dueño con la carta que no va a su nombre pedir que se corrija para aparecer él o se lo desestimarán por no ser destinatario?

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado que le estudie y ayude con su caso concreto.

Por lo que parece, en el Catastro no cambiaron la titularidad y consta como a los herederos. Por lo tanto, han de hacer primero un procedimiento para el cambio de titularidad a ustedes, aportando la escritura de adjudicación de herencia de su abuelo.

Y después tendrán que realizar el cambio de titular al nuevo propietario, con la escritura de venta.

Para que Catastro tenga el tracto sucesivo de los propietarios y evitar problemas.

Muchas gracias por la respuesta y ayuda;  el problema que veo es que se me acaba el plazo que la carta da y no sé si al final debo o no dar la carta al otro dueño; podría él con la carta y el documento por el que se hizo la compraventa arreglarlo (no es escritura de venta). La casa está en la provincia de Soria y ya no vivimos ni siquiera en la Comunidad. Perdona que repregunte pero por el plazo que acaba me agobio. Muchas gracias otra vez.

Como le hemos recomendado, debe ponerse en manos de un abogado que le ayude con su caso concreto.

Ese señor no es dueño real, ni tiene un titulo valido (los contratos privados solo son validos entre partes) por lo tanto, poco puede hacer.

Es usted quien tiene que solucionar primero el cambio de titular a ustedes como herederos y luego elevar a publico (notario) el contrato privado y solucionar el cambio de titularidad al nuevo comprador.

En cualquier caso, por lo que indica, el escrito es para comunicar el cambio de nombre de la vía, si no he entendido mal, con lo cual, poco han de contestar a la notificación.

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