¿Qué hacer en un cambio de coches con el seguro y el impuesto de circulación?

La próxima semana adquiero en un concesionario de compra venta de segunda mano un nuevo vehículo y me surgen varias dudas que espero me puedan solucionar,

1. El impuesto de circulación de mi actual vehículo (al que quiero jubilar) ya está cobrado, por lo que me surge la duda de si habría que pagarlo otra vez una vez tenga el nuevo vehículo; no se si la Diputación de mi provincia (concretamente la de Jaén) puede plantear el pago de forma proporcional a los meses que me quedan con el nuevo vehículo.

2. Misma duda se me plantea con el seguro del coche, tengo vigencia hasta Marzo del 2021 con mi actual coche, pero me gustaría saber si bastaría con un simple cambio de coche en la compañía del seguro para poder cumplir la póliza anual vigente.

3. Misma situación con la ITV, la tengo vigente en mi vehículo viejo hasta marzo del 2021 ¿Habría de pasarla otra vez?

Mi ultima duda es: ¿Qué obligaciones por ley con respecto a mis dudas anteriores tendría la casa de compra vente de coches donde voy a adquirir el nuevo vehículo?.

2 respuestas

Respuesta

El impuesto de circulación se suele pagar por el periodo completo, no suele haber prorratas.

El seguro si se puede cambiar uno vehículo por otro.

La itv es independiente de cada vehículo

entonces si tengo ya pagado mi impuesto de circulación del Peugeot 307 (coche del que quiero deshacerme) por un año entero (pagado recientemente) no me vale ese periodo para el coche nuevo?? habría que pagarlo otra vez con los datos del nuevo vehículo?

Gracias

NO, porque no es por persona. Es por coche. Supongo que el concesionario no habrá pagado.. ¿no? Podría negociar con el concesionario a ver si lo han pagado.. si lo pagan... etc.

Respuesta

En cuanto a las tasas de la Itv no tendrá más remedio que volver a pagar cuando toque con el vehículo nuevo... en cuatro años.

Sobre el impuesto de circulación, lo habitual no es que devuelvan nada al achatarrar el coche, pero aquí son los ayuntamientos los que controlan este impuesto, y por lo tanto en cada municipio podría variar.
Sobre le seguro, podrá cambiar del viejo al nuevo, sin problema, siempre y cuando coincida el momento en que deja el coche "para jubilar" y saca el nuevo, porque si no dejaría sin seguro el viejo y asumiendo una posible sanción.
Si no hace este movimiento a la vez, cuando de de baja el coche en tráfico, la aseguradora, es posible porque no les obliga la ley, que paralice la póliza para que pueda usar el dinero que este sin usar en un nuevo coche.

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