Puenteado entre termomagnéticas en cuadro

Voy a montar el cuadro eléctrico de mi casa. Consta de IGA, protector para sobretensiones T y P, diferencial y cinco circuitos.

Mi idea es puentear con cable entre PIA's, no poner peine. La cuestión es que vivo en Argentina y aquí el reglamento en el que "medianamente" se basan (aclaro que no es vinculante ni obligatorio) no permite esta manera de conectar entre térmicas, obligan a poner peine, o, a ir derivando, de una especie de línea principal, en "T", a cada térmica.

A mi lo de derivar en T, me parece una locura, andar empalmando cables en el propio cuadros y aislandolos con cinta. ¿Realmente podría haber una razón técnica para prohibir el puenteo entre térmicas?

1 respuesta

Respuesta

El tema de los puentes en reemplazo de los peines no esta prohibido. Simplemente hay que respetar que la sección de los puentes sea uniforme para toda tu distribución. Esa sección debe ser la misma del tramo que te llega desde el TP. De allí para abajo podrás variar los calibres de acuerdo con los consumos, y eso si lo tienes bien reglamentado en función de los grados de electrificación.

Perdón ... No se interpreta bien que quieres decir al poner " andar empalmando cables en el propio cuadros y aislándolos con cinta" ...

Según la reglamentación de la AEA aquí en Argentina (ya digo que no es vinculante,pero es la única medianamente oficial y a la que se adhiere la gente) se prohiben los puenteos entre térmicas, lo que ellos llaman guirnaldas. Yo no acabo de entender por qué lo prohiben, por eso pregunto,a ver si hay algún condicionante técnico que lo justifique.

Una de las soluciones que proponen es sacar una línea desde el disyuntor, e ir empalmando en T desde ella hasta cada térmica. Eso implica hacer empalmes dentro del cuadro eléctrico a la altura de cada térmica para acometer a las conexiones de cada PIA...

Si ... si... totalmente de acuerdo contigo. Obviamente colocar los peines requiere mucho menos tiempo y mano de obra, pero una conexión bien ejecutada con puentes de sección igual a la de entrada/fase - que por reglamento esta protegida apropiadamente - es algo funcionalmente semejante y no debería ser objeto de prohibición.

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