Venta partes local comercial, Comunidad de Bienes

Soy el propietario de un 20% de un local por herencia, hemos constituido un comunidad de bienes (5 hermanos, 20% cada uno ).

Tres hermanos queremos vender nuestra parte a una sociedad limitada y dos hermanos no quieren.

¿Podemos realizar la venta del las tres partes? ¿Qué debemos hacer?

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1

Lo primero recomendarles se pongan en manos de un experto que le estudie su caso concreto y les ayude.

Usted puede vender un % de propiedad, otra cuestión es que el comprador solo quiera un %... Pero además como esta en proindiviso, el resto de copropietarios tienen derecho de tanteo y retracto. En cualquier caso, han de estudiar también los estatutos de la Comunidad de Bienes.

Muchas gracias.

Queremos vender el 60%, he comentado a los otros dos hermanos sobre su derecho de tanteo y no han respondido ¿debería enviar comunicación de su derecho de tanteo por carta certificada o burofax?

Los estatutos son los estándar.

Si vendemos nuestra parte ¿queda disuelta la comunidad de bienes? ¿O bien la sociedad que compra ese 60% se incluye en dicha comunidad de bienes?

Como ya le hemos indicado, deberían ponerse en manos de un experto que les estudie su caso concreto.

Si ustedes tienen una oferta en firme, deberían enviar burofax informando, para que los demás propietario puedan ejercer el derecho de tanteo.

Como norma general, una sociedad no quiere participar en una comunidad de bienes, que es una entidad sin personalidad jurídica propia. Y lo normal seria disolver la comunidad de bienes actual, si no tienen establecido nada en cuanto a la salida de participes. Aunque se podría llegar a incluir...

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