La “ilegalidad” de alimentar a gatos callejeros

Resulta que en mi pueblo hay una colonia de gatos bastante grande de la cual el ayuntamiento no se hace cargo de ninguna forma (CES o CER tampoco). Ahora bien, como los gatos callejeros están muy desnutridos, mi familia y yo hemos decidido adoptar a 3 de ellos y conectarnos con distintas asociaciones que pudieran hacerse cargo como refugios etc. (el ayuntamiento pasa olímpicamente). También ponemos unas bandejas con pienso en el rellano de casa (dentro de mi propiedad) para que se alimenten. Por otro lado el ayuntamiento lejos de ayudar, dictó un bando donde informa que multarán a los vecinos que alimenten a los gatos. Nos enviaron un aviso por hacer caso omiso del bando y, como seguimos con esa práctica, ahora nos enviaron una multa. Quisiera saber que me aconsejáis hacer al respecto teniendo también en cuenta que la ley de Aragon está en contra de ese tipo de actitud de los ayuntamientos. ¿Debería pagar la multa? (Y dejar de alimentar a los animalitos, obvio, para que no me lleguen más multas) o por el contrario, ¿recurrirla y denunciar a la corporación municipal por incumplimiento de las leyes autonómicas?

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No se cómo estarán ahí donde vives las leyes pero normalmente el ayuntamiento debe encargarse de las colonias de gatos y de los animales callejeros en general, la través de alguna asociación o persona encargada. Habla con el ayuntamiento a ver qué solución te dan. Respecto a la multa yo creo que se puede recurrir porque para empezar, la comida estaba en tu propiedad, puedes argumentar que era comida para tus gatos y los de la calle se aprovecharon.

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