Para aumentar la altura del medianil se necesita el consentimiento de ambos lindantes puesto que es un medianil. Ahora bien, dentro de tu propiedad puedes disponer un nuevo cierre más alto. Si quieres adosarte a tu cierre existente que es medianil necesitas también su consentimiento (por ejemplo poner una red o algo así). Cualquier vecino puede dejar su propiedad sin cerrar y no existe ninguna normativa al respecto por lo menos en mi zona (aunque puede que en tu comunidad autónoma o ayuntamiento sí).
La altura máxima que puede alcanzar cualquier cierre está sujeto a normativas del ayuntamiento, y con cierre me refiero a cierre, no a un muro de contención de tierras (en caso de que exista).
Ahora bien, si ha aumentado la rasante y ahora el cierre contiene tierras que antes no contenía también necesitaba tu consentimiento, además de quizás obras de refuerzo para evitar desprendimientos o caída del mismo.
Como comentario a mayores, cualquier cambio de rasante o construcción de una piscina fija (no desmontable) suele estar sujeto a licencias municipales (depende de cada sitio) y, a veces, a retranqueos a linderos. Puede que esa piscina no pueda estar tan pegada a ti... esta cuestión, si te interesa, la puedes consultar en el Ayuntamiento, en la oficina técnica.