"Un muro es considerado medianero cuando ambos vecinos contribuyeron en partes iguales a su levantamiento".
"La genuina pared medianera es la construida de común acuerdo y costeada por los dueños de dos predios (fincas) limítrofes con intención de aprovecharse ambos o, más frecuentemente, la construida a expensas de uno de ellos con autorización expresa o tácita del otro, o por autorización de la ley, en terreno que pertenezca por mitad de su anchura a uno y otro predio"
https://www.tuabogadodefensor.com/servidumbre-de-medianeria/#
Por lo tanto, lo primero es saber si ese muro es realmente medianero, o es de propiedad exclusiva de tu vecino porque esta realizado por el y en terreno de su propiedad.
Luego, la altura máxima de la construcción (caseta de aperos, por ejemplo) te la podrán indicar en el ayuntamiento correspondiente.