Recurso de reposición diligencias de ordenación de letrado de la Administración de Justicia (Civil): Apoderamiento o no
En un recurso de reposición contra diligencias de ordenación de letrado de la administración de justicia (civil) se plantea el problema de que el recurrente está en el extranjero (Guinea Ecuatorial) y no puede venir a ponerlo en 5 días. Lo va a hacer un abogado y presentarlo.
Tengo esta duda sobre la presentación.
1. ¿Este recurso lo podría poner el interesado sin abogado si estuviese en España? Creo que sí.
2. Pero como no está y lo va a llevar un abogado, ¿hace falta apoderarle con el apoderamiento para juicios (apud acta, notarial, etc.) o bastaría un mandato especial de representación para ese trámite para que pueda presentarlo en el juzgado?
El problema es que es imposible que esa persona vaya a gestionar el poder en el Consulado desde Guinea en 4 días que quedan.
¿Puede hacerlo el abogado y presentarlo con un mandato especial de representación debidamente acreditado (copia de pasaporte) y firmado?