¿Esperar a que fallezcan padre y madre? ¿En qué casos es mejor?

Somos 4 hermanos (todos con hijos). Mis padres tienen un piso en propiedad (Zaragoza), pero ninguno de los 4 tenemos piso en propiedad (hipotecas).

Si fallece un de mis padres, entiendo que automáticamente se pone en marcha el ta de herencia, y mi madre se "queda" 50% de su piso y el otro 50% lo tiene que "repartir" entre sus 4 hijos ¿cierto?. Para evitar esto, puesto que no tiene dinero para pagar esta parte, y para evitar tener que venderlo, ¿se puede hacer algo para que, hasta que no fallezca ambos no entre en juego todo el tema de herencia?

Además, mis padres son copropietarios del piso de mi hermano (en un 60%), y éste todavía tiene una alta hipoteca (comprado en burbuja). El titular de la hipoteca es mi hermano. ¿Qué sucederá con esto? ¿Tendremos el resto de hermanos que hacernos cargo de parte de esa deuda?

Respuesta

Una buena solución es vender su 50% del piso en proindivisoherencia.com

Quedamos a su disposición,

Pedralbes abogados

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Ampliando la respuesta anterior, en vuestra situación entiendo que lo más conveniente es que vuestros padres hicieran un testamento común en el que ambos fijasen el usufructo de la herencia a favor del sobreviviente.

En cuanto al tema de la hipoteca de tu hermano, salvo que tus padres figuren como avalistas, no tendría relevancia en la herencia de ellos.

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Habría que saber si están casados en régimen de gananciales o en separación de bienes, y si han hecho o no testamento. Para complicarlo, Aragón tiene sus propias leyes. Necesitáis un abogado, pero me parece que os precipitáis pues vuestros padres aun no se han muerto. No creo que les guste saber que estáis ya haciendo planes.

Gracias. 

Lo que quiero es asegurarme de que, en caso de fallecimiento (espero que dentro de muchos años ), no tengamos problemas tanto mi padre o madre, como los hermanos. 

Dados los escasos recursos de los que disponemos, no quisiera que por una hipoteca de un hermano, termine afectando al resto de hermanos. Es por eso que no sé si de puede hacer algo antes, o no hacer nada. 

Ha habido un caso de fallecimiento en un familiar cercano, de forma repentina, y no quisiera vernos en problemas por no haberlo gestionado de la mejor manera posible. 

Gracias 

Sergio 

Te comprendo, pero para darte algún consejo que pueda servirte deberías contestarme lo que te pregunté. ¿Puedes?

Gracias.

Están con gananciales.

Gracias de nuevo.

Sergio 

Disculpa. Y no han hecho testamento.

Gracias por tu ayuda. 

Sergio 

Deberíais exponer vuestro caso a un Notario pues él, mejor que nadie y conocedor de la ley sucesoria en Aragón, podrá daros una opinión fundamentada, Por mi parte solo puedo decirte que deberíais convencer a vuestros padres para que hagan testamento pues las sucesiones "inestadas" tienen más problemas. Para darte una idea, por el hecho de estar casados en gananciales y si esta casa fue comprada después del matrimonio, la mitad es de cada uno y puede disponer solo de dicha mitad. En Aragón la legítima de los hijos es el 50% y por tanto, en testamento, puede sólo disponer de dicha mitad la cual se acostumbra a asignar al cónjuge sobreviviente. Repito, vé a un notario o asesórate con un abogado local. Si no hacéis nada vais a tenerlo muy complicado máxime cuando hay lo de la hipoteca de vuestro hermano por en medio.

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado especializado, las herencias son complejas. Y hay que tener en cuenta si hay legislación autonómica de aplicación.

No es lo mismo si hay testamento, que si no hay testamente.

Pero sin testamento, efectivamente primero se disuelve la sociedad conyugal por fallecimiento de uno de ellos (entendiendo están en gananciales) y luego se adjudican a los hijos todos los bienes, pero el viudo/a tiene derecho de usufructo en función de la edad que tenga. Esto incluye todos los bienes y deudas.

En algunos casos, las familias esperan al fallecimiento de ambos, pero se pueden encontrar con problemas, como una inspección por no haber liquidado los impuestos de sucesiones o acontecimientos extraordinarios que no pueden solucionarse pues el fallecido no puede firma... Y mientras no se renuncie expresamente a la herencia, los herederos legales (hijos) forman parte de la comunidad de bienes de la herencia yacente, lo que en el caso de la hipoteca que habla, puede llegar a ser un problema para todos.

Como norma general, nosotros recomendamos solucionar la adjudicación de la herencia, en tiempo y forma, una vez hay un fallecimiento. No hacer nada no suele ser una buena solución.

Y las renuncias a la herencia, pueden suponer un problema en determinados casos.

Gracias por las respuestas.

¿Entiendo entonces que lo mejor es que hicieran un testamento común para fijar cono usufructo al otro en casi de fallecimiento?

En la primera respuesta entendí que ese usufructo es automático sin necesidad de testamento?

Por otro lado,  mía padres, además de ser copropietarios en in 66%, son efectivamente avalistas del préstamo hipotecario.  De hecho, actualmente están ayudando a mí hermano a pagar esta hipoteca. 

¿Qué es lo que pasaría entonces con esa hipoteca, bien si fallece un, o cuando fallezca ambos?

Gracias de nuevo.

Sergio

Como le hemos indicado, las herencias son complejas y hay que estudiar posible legislación autonómica de aplicación. Un abogado especializado les ayudara con la mejor opción.

Efectivamente, un testamento, puede ayudar a solucionar ciertos de los problemas.

En la herencia entra todo, los bienes y las deudas, por lo tanto, se han de tener en cuenta ese porcentaje de propiedad y la deuda pendiente de hipoteca.

Si los bienes, son inferiores a las deudas, es muy posible que la mejor opción sea renunciar a la herencia, para evitar responder de esta deuda hipotecaria. Pero hay que ver el conjunto de bienes y deudas...

Agradecemos valoración de la respuesta.

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Si sus padres avalaron a su hermano ya saben que si no paga el, tienen sus padres sus padres que hacerse cargo .

Lo demás tiene solución fácil como ya bien le informan los expertos, hacer testamento evita muchos problemas.

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