¿Qué epígrafe sería el correcto para una tienda física de regalos personalizados?
Quiero iniciar una tienda de regalos en los que la mayoría serían personalizados por mí (estampación) e incluso realizados desde 0 (confección téxtil) y otros serían de compra/venta sin modificar (este caso sería una minoria). ¿Entonces mi gran duda es en qué epígrafe me doy de alta en el 036?
Tengo entendido que el comercio al por menor está sujeto a recargo de equivalencia, pero en el caso de los productos modificados, sería en régimen general de iva, por lo que estoy hecha un lío.
¿No se si en el epígrafe 653.3 podría hacer estimación directa simplificada e iva general? Sino, ¿podría poner el epígrafe 475 de serigrafía y ya está?