Estando de baja me cita una empresa externa ala mutua

Estoy de baja medica y no paran de llamarme un servicio medico que tiene contratada la empresa para este tipo de cosas.. Pero no es la mutua.. Yo entiendo que si me llamase la mutua debe de ir.. ¿pero una empresa medica aparte que contrata la empresa también..? Y lo hacen por teléfono.. Podría pasar algo si no asisto o cojo el teléfono.

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La Ley General de la Seguridad Social y la normativa específica aplicable a las bajas médicas (Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre) establece que los trabajadores en situación de incapacidad temporal están obligados a someterse a los reconocimientos médicos que determine la entidad gestora o la mutua colaboradora con la Seguridad Social. La empresa, por su parte, puede solicitar una segunda opinión médica a través de los servicios médicos de la empresa o de una entidad contratada, pero usted no está obligado a atender estos reconocimientos si no se trata de la mutua.

Si se trata de la mutua colaboradora, no acudir a las citaciones puede implicar la suspensión de la prestación económica por incapacidad temporal (IT). Si no atiende las llamadas o no acude a las citaciones de la empresa médica contratada por su empleador, esto no debería tener consecuencias legales directas sobre su situación de baja médica ni sobre la prestación económica, siempre y cuando usted esté cumpliendo con las obligaciones respecto a la mutua y los servicios médicos de la Seguridad Social.

Usted no está obligado a atender las llamadas o reconocimientos médicos de la empresa médica contratada por su empleador si no se trata de la mutua. Las consecuencias legales directas solo se aplican si no atiende a los reconocimientos médicos solicitados por la mutua o los servicios médicos de la Seguridad Social.

No obstante, hay varios puntos que tendríamos que concretar y clarificar para darle una respuesta más precisa por lo que creemos que es necesario explorar su asunto más a fondo para abordarlo de forma integral y poner solución.

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