¿Tendrían derecho al contenido del piso heredado?

Mis abuelos tuvieron cuatro hijos. Al fallecer mi abuelo, legó sus bienes a mi abuela como usufructuaria y a sus cuatro hijos a partes iguales, cuando mi abuela muriera.

Después de la muerte de mi abuelo, dos de mis tíos rompieron relación con su madre, por lo que mi abuela (amparada por los fueros locales de mi ciudad de Vizcaya) les desheredó de su parte ya que no pudo hacerlo de la parte de mi abuelo.

Ahora mi abuela ha fallecido y lo único que ha dejado ha sido un piso que hay que repartir en distintos porcentajes entre las 4 partes.

Mi pregunta es, ¿tienen los hijos desheredados por mi abuela, algún derecho sobre el contenido de ese piso (muebles, enseres personales, ...), pudiéndose llevar lo que deseen o únicamente heredan el valor del continente?

2 Respuestas

Respuesta

Dos hijos desheredados por tu abuela ! Sólo tienen derecho a la herencia del padre.

Aún así el ajuar tienen que ponerse de acuerdo por su contenido, y la cuantía

El notario puede ayudaros en todo, eso si hay acuerdo será todo más fácil.

Respuesta

Es difícil de cuantificar, ya que su parte proporcional de la herencia de tu abuelo sería del inmueble y del contenido en el momento del fallecimiento.

Al incremento de patrimonio desde que falleció tu abuelo hasta que lo hizo tu abuela no tendrían derecho.

Ahora tenéis un problema para cuantificar de forma fehaciente que había entonces y que ha adquirido tu abuela.

Más vale que pongáis un poco de buena voluntad todas las partes, ya que si no vais a estar como otras familias discutiendo por una docena de tenedores.

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