¿Tendrían derecho al contenido del piso heredado?
Mis abuelos tuvieron cuatro hijos. Al fallecer mi abuelo, legó sus bienes a mi abuela como usufructuaria y a sus cuatro hijos a partes iguales, cuando mi abuela muriera.
Después de la muerte de mi abuelo, dos de mis tíos rompieron relación con su madre, por lo que mi abuela (amparada por los fueros locales de mi ciudad de Vizcaya) les desheredó de su parte ya que no pudo hacerlo de la parte de mi abuelo.
Ahora mi abuela ha fallecido y lo único que ha dejado ha sido un piso que hay que repartir en distintos porcentajes entre las 4 partes.
Mi pregunta es, ¿tienen los hijos desheredados por mi abuela, algún derecho sobre el contenido de ese piso (muebles, enseres personales, ...), pudiéndose llevar lo que deseen o únicamente heredan el valor del continente?