Puedo pedir revisión de incapacidad

Tengo una incapacidad permanente total del 33% desde 2016. Solicité una revisión hace 3 años porque me encontraba bastante peor pero me la dejaron igual. Hoy he recibido el informe del traumatólogo, del brazo que tenía algo mejor, el derecho pero con escasa movilidad (el izquierdo lo tengo con el húmero dividido y sin solución por el que me dieron el 33%)pero me dicen que el derecho debido a la artrosis y osteoporosis lo tengo muy muy mal y sin poder hacer nada por mejorarlo por el desgaste de los huesos. No puedo elevar ninguno de los dos ni hacer casi nada. Resulta que ahora en vez de recibir la pensión de incapacidad, en la web de mi seguridad social pone que recibo una pensión de jubilación por incapacidad. Ahora en junio hago 66 años y yo no he solicitado ninguna jubilación ¿quiere decir que ya me han dado la jubilación? ¿O tengo que pedirla en agosto? ¿Puedo pedir una revisión de nuevo para solicitar un mayor porcentaje de incapacidad? Hace como 4 años me hicieron otra revisión médica del gobierno de Navarra que no era la s.social y me dieron una tarjeta y certificado con un 45% de incapacidad, entonces aún tenía más movilidad en el brazo derecho,; mi situación actual es que no puedo elevar ningún brazo para nada ni coger peso ni hacer ningún esfuerzo, nada de nada.

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I. Hola Compañera, en mi caso sólo soy lector no conocedor, pero deseaba dejarle unos enlaces que pienso responden a una parte de su consulta, le ruego disculpe la imprecision y tanta cantidad de lectura de golpe. Padezco una discapacidad del 40% y aunque no tengo conocimientos, de alguna forma necesito colaborar en esta dirección.

Al parecer revisable significa de entrada que la persona incapacitada para su trabajo habitual, puede a partir de un año solicitar una revisión en caso de encontrarse mejor de su padecimiento. Tambien, creo que en cualquier momento y sin previo aviso, el estado puede hacer una comprobación externa, pra así poder verificar si existe una mejora o se permanece en la misma situación de salud, pero esto último no lo tengo claro. Mucho ánimo.

Posible revisión de la incapacidad permanente

Revisión de IPA a instancia de parte.

https://www.porticolegal.com/foro/las-revisiones-de-la-ipa_1227710 

https://www.google.com/amp/s/loentiendo.com/equipo-de-valoracion-de-incapacidades-evi/amp/

¿Con una sentencia firme por discapacidad permanente total, pueden llamar todos los años a revisar?

https://porticolegal.eleconomista.es/foro/revision-despues-de-sentencia-judicial_1078860

Posible revisión de la incapacidad permanente

Revisión de IPA a instancia de parte.

https://www.porticolegal.com/foro/las-revisiones-de-la-ipa_1227710 



¿Hasta cuándo se puede revisar una incapacidad permanente?

En principio, la revisión del grado de incapacidad permanente puede producirse en todo momento mientras el trabajador no haya cumplido la edad de jubilación ordinaria.

No obstante, existen sentencias contradictorias donde se ha permitido revisar la situación de incapacidad permanente incluso habiéndose superado la edad de jubilación, si dicha incapacidad proviene de una enfermedad profesional.

Revisión de incapacidad permanente total a los 55 años

Hay un caso especial, la incapacidad permanente total cualificada.

La incapacidad permanente total es aquélla que se concede a un trabajador cuando no puede realizar las funciones propias de su profesión habitual, y da derecho a percibir una pensión del 55% de su base reguladora.

La singularidad aquí es que cuando tenga más de 55 años, y si no se encuentra trabajando, el beneficiario pasará a percibir un incremento del 20% de su base reguladora. Este aumento es automático, y no se necesita pasar por una nueva revisión para que te lo concedan.

¡Muchas gracias Adri! veré todos los enlaces que me has dejado. Yo tengo la incapacidad permanente total con un 33%. Pedí una revisión porque estaba peor después de 2 años y me dejaron la misma, no llevé al tribunal el examen médico del mismo gobierno donde me concedían un 45% pensando que ya lo tendría el tribunal. El caso es que ahora si estoy bastante peor, muy incapacitada de los brazos y quería pedir la absoluta y creo que voy a necesitar un abogado. Gracias por tu respuesta

I. Hola Compañera, muchas gracias, lamento la difícil situación y no saber orientarle mejor, le deseo mucha suerte y que su salud mejore dentro de lo posible. Como muy bien ha pensado, es probable que lo idóneo sea consultar con un abogado, aquí en la comunidad se dan cita varios abogados con amplia experiencia, los que si desea podríamos citar por si pudiesen intervenir, siempre en caso de no llegar respuestas, mucho ánimo.

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