Celia transcribe (y, además, apunta que cita textualmente):
"El cliente designa a Logalty CON LA FINALIDAD DE FIRMAR de la forma que sea, la documentación necesaria para la tramitación que se trate"
Mientras que el documento dice en realidad (ahora sí es textual):
"El firmante designa a Logalty (...) como tercero de confianza con la finalidad de firmar(...)"
Aunque a usted le parezca lo mismo, desde luego no lo es. En el primer caso, al omitir la parte más importante, que es la de la designación como tercero de confianza, la incompleta frase resultante sí podría llevarnos a interpretar que la función de Logalty es la de firmar, no la de actuar como mediador. De ahí que comente que la transcripción es errónea, puesto que omite un dato fundamental.
Dice usted también que ve posturas diferentes y todas aceptables. Discrepo con usted. Mientras se afirme (o se cuestione, al menos) que el documento está habilitando a Logalty para firmar documentos en nombre del cliente, se está cometiendo un error importante de interpretación.
Lo diré una vez más:
Sin ningún género de duda, este documento NO otorga a Logalty ningún poder de firma en nombre del cliente, que es el asunto que preocupaba a la consultante. Y ésa es la respuesta que requería esta pregunta y la que di en mi primera intervención.
El resto de disquisiciones, sobre si conviene o no que intervengan terceros, sobre si nuestros datos están en riesgo, etc. lo único que consiguen es distraer la atención sobre la cuestión planteada, que le recuerdo que era (textualmente):
"¿Les da el poder de firmar en mi nombre la documentación relacionada con la hipoteca y cómo puedo evitarlo?"
El tercero de confianza es una empresa comencial que de entrada, como cliente, no tiene porque ser de mi confianza. Lo de confianza es un nombre para decir que ambas partes confían en su labor, que es de intermediación por lo que cuando el cliente acepta algo contractual, este lo legitimina y lo comunica a la otra parte, en este caso al banco. O sea que sí firma en nombre del cliente solo que este previemente lo aceptó a ese tercero de confianza y este lo archiva y se lo informa a la otra parte. Considero que es mejor tratar directamente sin intermediarios, que tendrás nuestros datos personales ampliados y mejor si se puede evitar que más empresas privadas dispongan de nuestros datos. - celia478
Poli, contesto por aquí porque no puedo hacerlo dejajo del mensaje que me ha dejado. PARTE 1: De lo que no estoy a favor es que más empresas tengan acceso a nuestros datos. Existe una ley de protección de datos y eso indica que nuestros datos personales y las cosas en las que participamos, como tramitaciones con un banco, son información importante que merece ser protegida, o sea mantenerla de manera confidencial. No se trata de que ese Tercero no divulge los datos que les cedamos y solo los use para el fin que se los cedimos, sino que es mejor que no los tenga directamente. - celia478
PARTE 2: el que algo sea supervisado por alguna área del gobierno no significa que sea favorable o ventajoso para el cliente. Es solo un aval legal. Suele haber más de lo que se le informa al cliente en letras grandes. Un ejemplo son los seguros. - celia478
PARTE 3: Entiendo lo que dice: "de ninguna manera, el tercero de confianza tiene la facultad de firmar nada en nombre del cliente", pero en el fragmento que adjuntó el consultante dice textualmente: que el cliente designa a Logalty CON LA FINALIDAD DE FIRMAR de la forma que sea, la documentación necesaria para la tramitación que se trate. Así esta expresado y por más que los Terceros son intermediarios que garantizan lo que se acuerde entre las partes y no aceptan nada por ninguna de la partes, es lo que el banco le pide al consultante que firme. En todo caso esta mal expresado y falta darle al cliente la informacion necesaria sobre ese Tercero de Confianza que le pide acepte. - celia478
Hola a los tres! Gracias por vuestros comentarios. Firmar en persona no era una opción desde el principio. No era esa mi preocupación ya que asumo los riesgos de compartir mis datos personales con una firma digital. La pregunta era justamente la que cita Poli Plos y ya está respondida. Si no les doy el poder de firmar ningún papel en mi nombre, me vale. Gracias. Saludos - Anna Belo