¿Cómo evitar que firmen en mi nombre?

Una entidad bancaria está estudiando mi caso para conseguir un préstamo hipotecario a 90%. Me mandaron unos documentos a firmar telemáticamente y me preocupa uno de los puntos que exigen que firme:

¿Para qué lo piden? ¿Les da el poder de firmar en mi nombre la documentación relacionada con la hipoteca y cómo puedo evitarlo? En general, ¿por qué lo piden? No quiero meterme en una trampa.
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¿Por qué no les pide hacerlo usted presencial en el banco en vez de telemáticamente ya que ellos quieren que Logalty sea un intermediario?. De esa forma se evita el aceptar que esa empresa firmará por usted como se lee en lo que adjuntó

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No se preocupe. Logalty es una empresa que ofrece servicios de notificación electrónica, identificación digital y firma electrónica. Usted sólo autoriza a que esta empresa actúe entre usted y el banco para la notificación y firma de documentos. En ningún caso autoriza a nadie a firmar documentos en su nombre.

Insisto: NO se autoriza a nadie a firmar en nombre del cliente.

Logalty ofrece servicios de notificación, identificación y contratación electrónica. En ningún caso la empresa puede firmar documentación en nombre del cliente. Y en el documento que nos adjuntó, NO se dice que Logalty firme nada en nombre del cliente, sino que actúa como tercero de confianza en el proceso de firma. Es bien diferente.

Les recomiendo la lectura de esta entrada en la Wikipedia para que conozcan lo que significa ser un "tercero de confianza". Como verán, no se trata de que firme documentos en nuestro nombre.

"O sea que sí firma en nombre del cliente solo que este previemente lo aceptó a ese tercero de confianza"

No, estimada Celia, no. De ninguna manera. No ha comprendido usted la función del tercero de confianza. Vuelvo a repetir que, en ningún caso y de ninguna manera, el tercero de confianza tiene la facultad de firmar nada en nombre del cliente.
En cualquier caso, me da la sensación de que usted no está a favor del comercio electrónico, puesto que lo que se pretende con esta normativa es precisamente proveerlo de mayor garantía y seguridad, bajo la supervisión del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

¡Gracias Poli Plos ! Muy útil su respuesta! Ahora lo tengo todo aclarado y me quedo tranquila.

Saludos

Celia, transcribe usted erróneamente ese párrafo y lo interpreta aún peor.
El cliente designa a Logalty como tercero de confianza con la finalidad de que el cliente firme. No es Logalty quien firma, sino el cliente. Logalty ofrece sus servicios para ello. Pero no voy a extenderme más, porque está clara su desconfianza con los trámites legales por vía digital. Y no es mi intención convencerla de otra cosa. Pero ya le adelanto que cada vez va a ser más habitual y no menos.

Si tiene interés, le recomiendo que eche un vistazo a la ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico española.

¡Gracias! 

No hay de qué, annet441.
Aclaro que mis últimos mensajes son en respuesta a los comentarios de celia478 (por si no estaba claro).

Celia transcribe (y, además, apunta que cita textualmente):

"El cliente designa a Logalty CON LA FINALIDAD DE FIRMAR de la forma que sea, la documentación necesaria para la tramitación que se trate"

Mientras que el documento dice en realidad (ahora sí es textual):

"El firmante designa a Logalty (...) como tercero de confianza con la finalidad de firmar(...)"

Aunque a usted le parezca lo mismo, desde luego no lo es. En el primer caso, al omitir la parte más importante, que es la de la designación como tercero de confianza, la incompleta frase resultante sí podría llevarnos a interpretar que la función de Logalty es la de firmar, no la de actuar como mediador. De ahí que comente que la transcripción es errónea, puesto que omite un dato fundamental.

Dice usted también que ve posturas diferentes y todas aceptables. Discrepo con usted. Mientras se afirme (o se cuestione, al menos) que el documento está habilitando a Logalty para firmar documentos en nombre del cliente, se está cometiendo un error importante de interpretación.

Lo diré una vez más:

Sin ningún género de duda, este documento NO otorga a Logalty ningún poder de firma en nombre del cliente, que es el asunto que preocupaba a la consultante. Y ésa es la respuesta que requería esta pregunta y la que di en mi primera intervención.

El resto de disquisiciones, sobre si conviene o no que intervengan terceros, sobre si nuestros datos están en riesgo, etc. lo único que consiguen es distraer la atención sobre la cuestión planteada, que le recuerdo que era (textualmente):

"¿Les da el poder de firmar en mi nombre la documentación relacionada con la hipoteca y cómo puedo evitarlo?"

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Poli Plos: he leído lo que has conversado con Celia y veo diferentes posturas, todas aceptables y también tengo la mía, pero a lo que voy ahora puntualmente, es que no coincido contigo en que ha transcripto erróneamente ese trocito del adjunto. Me parece que coincide y también coincide contigo, con diferentes palabras, en lo que hace esas empresas llamadas tercero de confianza.

Celia trascribe ese trocito así: que el cliente designa a Logalty CON LA FINALIDAD DE FIRMAR de la forma que sea, la documentación necesaria para la tramitación que se trate. Resumidamente dice eso en el adjunto de la consultante. Creo que quedó claro que Logalty no firma por ninguno sino que certifica lo que cada uno dice en sus comunicaciones a la otra parte y verifica la identidad, etc, todo llevado a que lo que se diga telemáticamente tenga validez legal

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