Cambiar valor catastral tras segregación
Se ha vendido una finca y se ha segregado en 7 partes diferentes. Tras comprobar el valor de mercado ofrecido por la Junta de Castilla y León, se procede a la autoliquidación de impuestos. Se toma como referencia el valor superior de compra y se entiende que se abona el impuesto correspondiente.
Seis meses después de la confirmación y adjudicación de nuevos números de referencia catastral de cada parcela, la comunidad autónoma vuelve a valorar las parcelas muy por encima de lo ya valorado anteriormente proponiendo un precio de mercado más alto, lo que derivará en más impuestos.
El IBI para el nuevo propietario se ve incrementado debido a que el valor catastral especificado está por encima del valor de mercado último propuesto por la comunidad.
Por tanto el IBI se dobla en su precio de abono.
Además, dentro de las fincas segregadas de la original el valor catastral difiere y son totalmente diferentes, teniendo todas las mismas condiciones de habitabilidad y situación.
Me gustaría saber como puedo plantear una reclamación directa para que este valor sea rectificado.