Impuesto de sucesiones valor bienes

Después del fallecimiento de un cónjuge, al hacer el impuesto de sucesiones que tienes 6 meses ¿qué valor conviene poner a la vivienda?, ¿El valor catastral que viene en el recibo del IBI o el precio de mercado que tiene actualmente esa vivienda?. Según he podido ver es mejor poner el valor del mercado por si en un futuro se vende para no pagar tanto luego al venderlo. En un principio no se piensa vender ya que todavía vive el otro cónjuge. La otra pregunta es si le pones valor del mercado, influye en algo para que luego o en un futuro se revise el valor catastral y se pague mucho mas cada año en el IBI, es decir en qué influye que tu pongas más en el impuesto de sucesiones, si solo es que pagues más en ese impuesto y punto, o influye en otras cosas a la larga.

1 respuesta

Respuesta

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto. Las herencias son complejas.

Como mínimo, debería indicar el valor que tenga para su comunidad autónoma, pero desde este año, hay un nuevo valor de referencia, que puede mirar en la sede del catastro y es asimilado al valor de mercado. Ha de declarar por el mayor de los tres: catastral, referencia y tablas de su comunidad.

"Referencia y tablas de su comunidad". 

Referencia se refiere al nuevo valor del catastro??? 

Y tablas de su comunidad es otro distinto??? 

Gracias. 

Las comunidades autónomas tienen unas tablas para el calculo del valor de los inmuebles, normalmente desde la propia web podrá consultar esos valores e incluso solicitar un certificado.

Efectivamente, desde este año, el Catastro publica un valor de referencia (próximo al precio de mercado) de los inmuebles, que no es el valor catastral.

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