Restar en el módulo de estimación objetiva días que ha estado cerrado el negocio

Tenemos un pequeño supermercado el que tenemos en estimación objetiva módulos hagamos el modelo 131 siempre la misma cantidad trimestralmente. La pregunta es que el ayuntamiento nos obligó a tener cerrado el negocio mientras corregiremos unos problemas técnicos que tenía el local. Han sido 35 días que las puertas han estado cerradas sin generar ningún ingreso pero el módulo lo hemos pagado íntegro. ¿Después en la declaración de la renta cuando declare el módulo puedo restar esos días que estuvo cerrado el negocio por indicación del ayuntamiento?

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