¿Se puede cobrar al mismo tiempo la Renta Mínima de Inserción-RMI de la comunidad de Madrid y el Ingreso Mínimo Vital -IMV?

La comunidad de Madrid me reclama todo lo cobrado de la RAI del periodo de /01/06/2020 a 01/06/2021 por haber cobrado también el IMV en ese periodo.

Solicite el IMV por requerimiento de la comunidad de Madrid en julio de 2020, lo empecé a cobrar en junio de 2021, pero me pagaron los atrasos desde la solicitud, lo que ha hecho que coincidan las dos prestaciones.

Importes

- RAI 400 euros

- IMV- 403,12 euros

He leído que se pueden cobrar las dos prestaciones siempre que no se supere, el 70% del SMI, lo que en este caso sería 665 euros/mes. 

En el periodo que se solicita el SMI era de 950 euros.

Entiendo entonces que tendía que devolver el exceso y no la totalidad. E decir tendría que devolver 1.657,44 euros.

No tenía más ingresos, ni casa en propiedad, ni otros bienes, nada.

Me podéis aclararme si es como lo entiendo yo o tengo que devolver la totalidad.

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Respuesta

I. Hola Compañer@, por mí parte no soy conocedor sólo lector pero tengo una discapacidad del 40% y como siempre digo, de alguna forma necesito intentar colaborar en esta dirección, desearía trasladarle la información que vi sobre su consulta por si pudiese serle de alguna utilidad mientras le atiende un profesional o experto.

Quisiera proponerle que, llegado el caso, se plantease acudir a distintos organismos de ayuda al ciudadano y consumidor, como son OCU, Omic, Facua o El Defensor del pueblo. Le ruego me disculpe las molestias de tanta lectura y el tipo de respuesta.

https://www.rankia.com/foros/economia/temas/4953991-atrasos-ingreso-minimo-vital?page=2 

https://www.youtube.com/watch?v=alIgQfVIkc8 

https://www.newtral.es/ingreso-minimo-vital-renta-2022/20230403/ 

https://noticiastrabajo.huffingtonpost.es/economia/motivos-pueden-obligar-devolver-ingreso-minimo-vital/ 

https://www.google.com/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=&cad=rja&uact=8&ved=2ahUKEwi03vS6m8yEAxUmRaQEHY-jC3I4FBAWegQICRAB&url=https%3A%2F%2Fwww.upo.es%2Frevistas%2Findex.php%2Flex_social%2Farticle%2Fdownload%2F4538%2F3936%2F15551&usg=AOvVaw00VXSBjDeF3-czyjYjcwIo&opi=89978449 

https://www.facebook.com/groups/226423112332480/posts/476213484020107/ 

Con su permiso, para finalizar, sobre todo quería trasladarle otras prestaciones compatibles con RMI e IMV por si quisiera o pudiera solicitar alguna de ellas. Perdone de nuevo por todas las molestias, mucho ánimo.


- Prestación por hijo a cargo. Será necesario que sus hijos, en caso de tenerlos, sean menores de 18 años, o bien que, siendo mayores de edad, padezcan algún tipo de discapacidad, (porcentaje de un 33% como mínimo),

http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio

-- Subsidio ordinario/extraordinario de SEPE/INSS

https://loentiendo.com/sed-subsidio-extraordinario-desempleo/

- Subsidio por cargas familiares

https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/he-dejado-de-cobrar-el-paro/cargas-familiares

 - Información global sobre otros subsidios de desempleo existentes.

https://loentiendo.com/el-subsidio-por-desempleo/

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