COPIO Y PEGO :
Siempre surgen las dudas sobre cuánto tiempo debe pasar un coche en un taller para su reparación. Esta incertidumbre, que ni siquiera la ley aclara, fue resuelta por la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor, Reparación y Recambios (GANVAM), el Instituto Nacional de Consumo (INC) y las comunidades autónomas. Así, se ha estipulado que el periodo máximo de estancia de un automóvil en un taller debe ser de veinte días.
La normativa vigente establece que la entrega de un vehículo a reparar debe hacerse en un “plazo razonable”. De no cumplir con esta máxima, el cliente podría solicitar una rebaja del precio o incluso la resolución del contrato -el acuerdo y el presupuesto expedido en el momento del ingreso del automóvil-. Si se llega a este punto, el taller debería devolver el coche en el mismo estado en el que entró, con los componentes dañados reinstalados, si fuese necesario. Sin embargo, esta normativa no da un plazo concreto.
En el plazo estipulado de veinte días se incluye el tiempo necesario para el pedido de las piezas a sustituir, la recepción e instalación en el vehículo y la comprobación de que el automóvil funciona como debe. A partir de aquí, se podría valorar si este periodo es insuficiente y debe ser superior por la gravedad de los daños que sufría el coche.
Se recomienda guardar todas las facturas de pedidos de piezas y respuestas de los proveedores de los repuestos. Así, se podrá evitar problemas ante posibles retrasos en la entrega del automóvil según las fechas acordadas para su devuelta al cliente. Si el taller no puede acreditar que el origen del retraso no es suyo, al carecer de estos documentos antes referidos, el cliente tendrá derecho a solicitar la devolución del coche en el mismo estado en el que entró. Asimismo, podrá reclamar algún tipo de indemnización por daños y perjuicios por el tiempo que no pudo usar el vehículo. Esta falta podría suponer una demanda por incumplimiento de la relación contractual con la efectividad de la garantía.
NOTA: De forma general para presentar una demanda solicitando un valor en perjuicios, debiera tener por escrito la fecha de entrada del vehículo, que le motiven la tardanza de los repuestos y de no estar de acuerdo solicitar que le devuelvan el coche antes de que transcurra tanto tiempo. Si lo deja sin reclamar el vehículo se puede suponer que no estaba ud. en contra., no obstante a lo que le refiero, PODER, POR PODER CLARO QUE PUEDE HACERLO, AHORA BIEN, SERÁ UNA DEMANDA CIVIL Y PARA ELLO NECESITARÁ LETRADO Y PROCURADOR, TARDAR LA PERA PARA UN JUICIO Y "GANARLO". Por eso en el escrito anterior recomendé rellenar la hoja de queja por aquello de que el concesionario o la marca se puedan "dejar caer"..., o correr mas. Otra cosilla mas, los 20 días puede dar por seguro que se les supondrá aproximados y no exactos.
Le adjunto el link.
https://www.acierto.com/seguros-coche/libre-eleccion-taller/#:~:text=As%C3%AD%2C%20se%20ha%20estipulado%20que,debe%20ser%20de%20veinte%20d%C3%ADas.