¿Se puede Reclamar daños y perjuicios por estar un coche en garantía en el taller oficial mucho tiempo?

Compre un coche nuevo con garantía de 5 años, desde el principio consume refrigerante, a la tercera vez que lo deje en el taller, comprobaron que tenía bloque motor roto, lleva 50 días taller y no me dejan coche de cortesía y no me dan fecha de entrega ya que están esperando a una pieza que no sabe cuando sale de Alemania, tengo discapacidad que me impide coger transporte público tengo certificado que lo acredita, y estoy gastando un dinero importante en taxis para ir a hacer mis tratamientos, dos preguntas están obligados a dejar coche de sustitución en estos casos y si es que no seria factible reclamar por daños y perjuicios al taller oficial?

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La garantía obligatoria es de 3 años para defectos de fábrica, (no desgastes, mantenimientos o mal uso) e independientemente llega en corrosión-chapa-pintura a los 5. Otra cosa suele ser la garantía "comercial", donde el concesionario-vendedor o incluso la propia marca puede voluntariamente ampliar la obligatoria y añadir coche de sustitución, mas tiempo etc... (pero esta es bien voluntariosa como beneficio publicitario o previamente ofrecida con suplemento en pago y aceptado por ambas partes). En este caso debe de constar en la garantía o documento que acompañe en la entrega del vehículo.

Como sea y en principio, todos los días que está el vehículo en taller deben de añadirse a la duración de la garantía. Siendo esta así superior en tiempo. Si no tiene concertada esa garantía expresa de vehículo de sustitución no podrá exigirlo. Podría ser que lo tuvieran, pero supeditado al pago y no gratuito, por tanto depende de cada marca, concesionario y garantía ampliada si existe. Dicho esto y siéndole de imperioso uso por la minusvalía que tenga, puede rellenar una hoja de quejas/ reclamaciones donde no reclamando nada si no tiene derecho a ello, si SE QUEJA DE LA DURACIÓN EN LA REPARACIÓN. En este caso le aconsejaría la hoja propia de su comunidad autónoma y que deben de tener y si tienen otra independiente de la marca/concesionario, también. Si no tuvieran una propia puede comunicarlo por escrito a la dirección social/postal de la marca, (Madrid, Barcelona, .. la que corresponda), por escrito o por vía mail, adjuntando bién en papel o archivo, copia de la hoja rellenada con la queja, solicitando la prisa, el tiempo que lleva en taller, las circunstancias del vehículo y su misnusvalía incidiendo en la falta de cortesía en ofrecerle un vehículo de sustitución... NO EXIGIÉNDOLO, PUES PUEDE NO TENER DERECHO A ELLO. Como sea, en el concesionario no suele gustar que les achuchen fuerte. Le dejo un link informativo.

https://www.race.es/garantia-coche-nuevo 

Muchas gracias por la información la verdad que me es de mucha ayuda, una última cuestión, tendría recorrido judicial, reclamar daños y perjuicios por los gastos ocasionados durante el tiempo que esta el coche en el taller.? ¿Ya qué según datos del taller puede llegar a los 3 meses con el coche en el taller estando en garantía?

COPIO Y PEGO :
Siempre surgen las dudas sobre cuánto tiempo debe pasar un coche en un taller para su reparación. Esta incertidumbre, que ni siquiera la ley aclara, fue resuelta por la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor, Reparación y Recambios (GANVAM), el Instituto Nacional de Consumo (INC) y las comunidades autónomas. Así, se ha estipulado que el periodo máximo de estancia de un automóvil en un taller debe ser de veinte días.
La normativa vigente establece que la entrega de un vehículo a reparar debe hacerse en un “plazo razonable”. De no cumplir con esta máxima, el cliente podría solicitar una rebaja del precio o incluso la resolución del contrato -el acuerdo y el presupuesto expedido en el momento del ingreso del automóvil-. Si se llega a este punto, el taller debería devolver el coche en el mismo estado en el que entró, con los componentes dañados reinstalados, si fuese necesario. Sin embargo, esta normativa no da un plazo concreto.
En el plazo estipulado de veinte días se incluye el tiempo necesario para el pedido de las piezas a sustituir, la recepción e instalación en el vehículo y la comprobación de que el automóvil funciona como debe. A partir de aquí, se podría valorar si este periodo es insuficiente y debe ser superior por la gravedad de los daños que sufría el coche.

Se recomienda guardar todas las facturas de pedidos de piezas y respuestas de los proveedores de los repuestos. Así, se podrá evitar problemas ante posibles retrasos en la entrega del automóvil según las fechas acordadas para su devuelta al cliente. Si el taller no puede acreditar que el origen del retraso no es suyo, al carecer de estos documentos antes referidos, el cliente tendrá derecho a solicitar la devolución del coche en el mismo estado en el que entró. Asimismo, podrá reclamar algún tipo de indemnización por daños y perjuicios por el tiempo que no pudo usar el vehículo. Esta falta podría suponer una demanda por incumplimiento de la relación contractual con la efectividad de la garantía.
NOTA: De forma general para presentar una demanda solicitando un valor en perjuicios, debiera tener por escrito la fecha de entrada del vehículo, que le motiven la tardanza de los repuestos y de no estar de acuerdo solicitar que le devuelvan el coche antes de que transcurra tanto tiempo. Si lo deja sin reclamar el vehículo se puede suponer que no estaba ud. en contra., no obstante a lo que le refiero, PODER, POR PODER CLARO QUE PUEDE HACERLO, AHORA BIEN, SERÁ UNA DEMANDA CIVIL Y PARA ELLO NECESITARÁ LETRADO Y PROCURADOR, TARDAR LA PERA PARA UN JUICIO Y "GANARLO". Por eso en el escrito anterior recomendé rellenar la hoja de queja por aquello de que el concesionario o la marca se puedan "dejar caer"..., o correr mas. Otra cosilla mas, los 20 días puede dar por seguro que se les supondrá aproximados y no exactos.
Le adjunto el link.
https://www.acierto.com/seguros-coche/libre-eleccion-taller/#:~:text=As%C3%AD%2C%20se%20ha%20estipulado%20que,debe%20ser%20de%20veinte%20d%C3%ADas.

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