Horas a computar en permiso retribuido, seguridad privada

Desearía conocer cuantas horas se deben computar, por día, en los permisos retribuidos. Sector seguridad privada.

El convenio ha quedado obsoleto y las empresas tienden a hacer tabla rasa, computando 5,3353 horas por cada día de permiso retribuido. También he oído que cada día de PR se debe computar y añadir a las horas anuales realizadas, contando 7 horas o 7,48 horas. Todo esto en un servicio estructurado en turnos de 8 horas por jornada de cada empleado.

Si me podéis aclarar cual es la cantidad correcta y donde viene explicado legalmente, sería de agrdecer.

Recibir un cordial saludo.

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