I. Hola Compañero, por desgracia no puedo atenderle pero existiría pienso la posibilidad de que pudiera dirigirse al SMAC (Servicio de mediación, arbitraje y conciliación), para poder intentar obtener información sobre esta situació, estas son sus páginas principales.
https://gie.es/blog/servicio-mediacion-arbitraje-conciliacion-smac/
https://www.reclamador.es/blog/smac/
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/espacio-smac
También podría dirigirse a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y a CSIF
https://www.ilo.org/global/lang--es/index.htm
https://www.csif.es/es/
Quizás, llegado el caso, también pudiera solicitarse la asesoría de un abogado y ayudarle ya a título personal para ponerle en comunicación con los expertos de la página.
Deseaba dejarle la información que vi sobre este tema por si le fuese de alguna utilidad.
Le pido disculpas por todas las molestias y el tipo de respuesta. Mucho ánimo.
Si la ausencia se inicia un jueves, se podrán computar, como máximo, dentro de los tres días consecutivos sin deducción de retribuciones el jueves, el lunes y martes de la semana siguiente. Si el miércoles no se reincorpora al trabajo deberá presentar un parte médico de baja de incapacidad temporal.
https://www.elespanol.com/eldigitalcastillalamancha/sociedad/sanidad/20241114/csif-denuncia-sescam-sigue-discriminando-trabajadoras-quedan-embarazas/901160128_0.html
https://sanidad.castillalamancha.es/sites/sescam.castillalamancha.es/files/documentos/legislacion/20160311/instrucciones_dias_ausencia_enfermedad.pdf
https://www.mutualia.eus/es/permisos-retribuidos-por-enfermedad-durante-los-3-primeros-dias-no-exigencia-de-parte-de-incapacidad-temporal/
https://sanidad.castillalamancha.es/sites/sescam.castillalamancha.es/files/documentos/legislacion/20131011/instrucciones_dg_rr.hh_._sobre_vacaciones_e_it.pdf
https://www.eldia.es/economia/2024/07/03/baja-medica-descubre-dias-puedes-faltar-trabajo-espana-dv-104828301.html