Días por enfermedad en el SESCAM sin necesidad de parte de baja

Revisando la normativa que aparece en el portal del empleado del SESCAM los días de ausencia por enfermedad sin necesidad de parte de baja están regulados por una norma del 2016. Según está normativa se dispone de unos días por enfermedad al año sin necesidad de emitir partes baja. Este año he faltado dos días por lumbago justificado, me los quieren computar de mis días libres, porque en mi hospital dicen que ha salido una norma posterior que establece que desde el primer día de ausencia por enfermedad el medico tiene que emitir un parte de baja. No estoy de acuerdo, he indagado en el portal y no aparece ninguna norma que refleje esto. Hay alguien que me pueda aclarar está situación.

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I. Hola Compañero, por desgracia no puedo atenderle pero existiría pienso la posibilidad de que pudiera dirigirse al SMAC (Servicio de mediación, arbitraje y conciliación), para poder intentar obtener información sobre esta situació, estas son sus páginas principales.

https://gie.es/blog/servicio-mediacion-arbitraje-conciliacion-smac/

https://www.reclamador.es/blog/smac/

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/espacio-smac

También podría dirigirse a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y a CSIF

https://www.ilo.org/global/lang--es/index.htm

https://www.csif.es/es/ 

Quizás, llegado el caso, también pudiera solicitarse la asesoría de un abogado y ayudarle ya a título personal para ponerle en comunicación con los expertos de la página.

Deseaba dejarle la información que vi sobre este tema por si le fuese de alguna utilidad.

Le pido disculpas por todas las molestias y el tipo de respuesta. Mucho ánimo.


Si la ausencia se inicia un jueves, se podrán computar, como máximo, dentro de los tres días consecutivos sin deducción de retribuciones el jueves, el lunes y martes de la semana siguiente. Si el miércoles no se reincorpora al trabajo deberá presentar un parte médico de baja de incapacidad temporal.


https://www.elespanol.com/eldigitalcastillalamancha/sociedad/sanidad/20241114/csif-denuncia-sescam-sigue-discriminando-trabajadoras-quedan-embarazas/901160128_0.html 

https://sanidad.castillalamancha.es/sites/sescam.castillalamancha.es/files/documentos/legislacion/20160311/instrucciones_dias_ausencia_enfermedad.pdf 

https://www.mutualia.eus/es/permisos-retribuidos-por-enfermedad-durante-los-3-primeros-dias-no-exigencia-de-parte-de-incapacidad-temporal/ 

https://sanidad.castillalamancha.es/sites/sescam.castillalamancha.es/files/documentos/legislacion/20131011/instrucciones_dg_rr.hh_._sobre_vacaciones_e_it.pdf 

https://www.eldia.es/economia/2024/07/03/baja-medica-descubre-dias-puedes-faltar-trabajo-espana-dv-104828301.html 

¡Gracias! Muchas gracias por tu atención. Un saludo. Parece ser que en 2018 cambiaron la norma. Hay que pedir baja médica desde el primer día de enfermedad, aunque sea de un par de días.

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