Declaración de la compra de una vivienda y seguir viviendo de alquiler en otra ciudad por trabajo.

Actualmente vivo de alquiler en Barcelona ya que el colegio del niño y el trabajo lo tengo en esa ciudad pero voy a comprar una vivienda en Tarragona (no tengo otras viviendas a mi nombre). De Lunes a Viernes viviré en la alquilada de Barcelona y los fines de semana, festivos, puentes, vacaciones... Estaré en la de Tarragona.
A efectos fiscales, ¿cómo debo declarar esa vivienda? Como vivienda habitual o como segunda vivienda (¿e imputarme rentas)?
Leí esta explicación pero no me queda clara la última parte (en negrita), no se si esa parte sería mi caso por lo que podría declararla como vivienda habitual:

La Agencia Tributaria entiende por vivienda habitual la edificación que cumpla los siguientes requisitos:

  • Que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de al menos tres años. Sin embargo, se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual cuando, a pesar de no haber transcurrido ese plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, como celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral, obtención de un primer empleo o cambio de empleo u otras análogas justificadas.

También se entenderá como circunstancia que necesariamente exige el cambio de vivienda el hecho de que la anterior resulte inadecuada como consecuencia de la discapacidad del propio contribuyente o de su cónyuge o un pariente, en línea directa o colateral, consanguínea o por afinidad, hasta el tercer grado (incluido), que conviva con él o ella.

  • Que el contribuyente la habite de manera efectiva y con carácter permanente en un plazo no superior a 12 meses contados desde la fecha de adquisición o de terminación de las obras. Es decir, deberás entrar a vivir en ella como máximo un año después de la compra o fin de las reformas que lleves a cabo para poder entrar en ella.

Tal y como ocurre con el requisito anterior, se aplican las mismas excepciones y puntualizaciones. Así, se entenderá que la vivienda adquirida no pierde el carácter de habitual cuando se produzcan "las circunstancias señaladas anteriormente" y también "cuando el contribuyente disfrute de vivienda habitual por razón de cargo o empleo y la vivienda adquirida no sea objeto de utilización." En este supuesto, el plazo de 12 meses comenzará a contarse a partir de la fecha del cese en el correspondiente cargo o empleo.

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Respuesta

I. Hola Compañero, en mi caso no puedo responderle y habrán de hacerlo los expertos, pero deseaba dejarle la información que vi sobre este tema y en especial ofrecerme para trasladar su consulta a un experto en caso de no llegar respuestas durante el fin de semana.

Le ruego me disculpe todas las molestias de lectura y el tipo de respuesta, ánimo.


https://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/alquiler-hacienda/piso-propiedad-vivienda-habitual-vivo-alquiler-trabajo-otra-comunidad-hacienda-pedirme-algo_32586.html 

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/2428898-voy-comprar-vivienda-vivo-alquiler-otra-ciudad?page=1 

https://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/legislacion-alquiler/alquilo-casa-habitual-pago-hipoteca-alquilar-otra-vivir-otra-ciudad-desgraba-hipoteca-alquiler_7045.html 

https://www.bolsamania.com/declaracion-impuestos-renta/concepto-de-vivienda-habitual/ 

https://www.finect.com/usuario/Josetrecet/articulos/residencia-fiscal-residencia-habitual-como-influyen-declaracion-renta 

https://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/inquilinos/traslado-vivir-otra-ciudad-distinta-vivienda-hipot_14808.html 

https://ker2000.com/compra-vivienda-renta/ 

https://housfy.com/blog/que-se-considera-como-una-vivienda-habitual/ 

https://www.businessinsider.es/como-desgravar-alquiler-declaracion-no-estas-empadronado-818309 

https://www.bolsamania.com/declaracion-impuestos-renta/el-domicilio-fiscal-y-el-padron/ 

https://aq-acentor.com/como-seguir-desgravando-si-cambio-de-vivienda-habitual/ 

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