Deuda con la seguridad social
Hace unos años contraje una deuda con la seguridad social como autónomo en ese momento estaba con mi mujer en bienes gananciales después hicimos separación de bienes pero una parte de la deuda se la reclaman a ella también la que coincidió con bienes gananciales, mi pregunta la prescipcion de esa deuda es conjunta, es decir a ella en mas de 4 años ni le retuvieron ni embargo en cuenta de la deuda, a mí si me retuvieron en ese plazo una vez, y esa es mi pregunta aunque a ella no le retuvieron ni embargaron sigue siendo deudora igualmente al embargarme a mí en mi cuenta antes de los 4 años?