anaconda56

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El propietario me quiere echar!

respondió: Salvo que en su contrato se pactase expresamente la denegación de prórroga del artículo 9.3 LAU 1994, usted NO debe abandonar la vivienda ante el requerimiento telefónico de su arrendador, pues a su contrato se aplica lo estipulado en el art 9.1 LAU 1994.