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Huelga 29S

Mi consulta es la siguiente: ¿Hay alguna excepción para que a un representante legal de los trabajadores no se le pueda descontar el día de huelga? Muchas gracias.
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Indemnización contrato por obra y servicio

respondió: Si el contrato no ha durado más de 1 año, no hace falta el preaviso. Si ha sido superior a 1 año, el preaviso es de 15 días. La indemnización de los 8 días por año trabajado, debes consignarla en el juzgado.