xdsl2000 respondió:
Una cosa es dar de alta la luz, o más concretamente cambiar el titular del contrato, y otra muy diferente pagar deudas anteriores. La compañía no sólo no está obligada sino que puede reclamarle a usted el pago por vía judicial, amén de incluirle en...
Suministro de luz, deudas del anterior inquilino