somormujo respondió:
Pues a mi modo de ver, deberías contabilizar el aumento de capital en Diciembre, en la fecha en que se eleva a público el acuerdo con la firma ante Notario, independientemente de la fecha en cla cual el Registro inscribe ese acto. Piensa una cosa:...
somormujo respondió:
En primer lugar, ha de aprobarse ese aumento del capital social en asamblea por los socios de la empresa. Una vez hecho esto, se ha de firmar en notaría esa ampliación. En cuanto a Hacienda, no hay que comunicar nada respecto a esto, pues no supone...