Jorge Herrera respondió:
Estimada amiga: Hasta ahora esa cifra de 1.200 se mantiene, según tengo entendido, pero sería prudente que acudieras a Hacienda con los documentos donde se deja constancia del beneficio obtenido para que allí te den mayor información sobre este asunto.
rlorenzo42 respondió:
Las segundas y ulteriores entregas de edificaciones están sujetas y exentas de IVA, por lo que tributaran por ITP al 6%, paga el comprador. En estos supuestos, si se cumplen una serie de requisitos se podrá renunciar a la exención en el IVA y...