Javier Narro respondió:
Se debe tributar únicamente los inmuebles, exceptuada la vivienda habitual, de los que el contribuyente disponga por tener el pleno dominio o el usufructo del mismo. Es decir la nuda propiedad no tributa y no debe aparecer en la declaración.
¿Se ha de declarar la nuda propiedad en el irpf 2018?