Fachada con servidumbre de luz

Tengo en un municipio de soria, una construcción declarada como almacen en el catastro. La verdad es que esta muy deteriorada porque tiene muchos años y la parte de arriba (son dos plantas) esta hecha de adobe.

El ayuntamiento no me ha llamado la atención ni se ha declarado ruina por parte de la administración pero yo querría tirar el edificio antes de llegar a ese extremo.

El caso es que una de las cuatro fachadas del edificio sirve de paso a un cable eléctrico de endesa que suministra luz a otras casas. Mi edificación jamas ha tenido luz. Solo sirve de apoyo estructural al tendido eléctrico de la compañía.

El permiso del ayuntamiento para realizar los trabajos ya lo tengo.

Mis preguntas son dos:

1.- ¿Qué pasos tengo que dar para comunicar que voy a demoler el edificio?

2.- Me cobrara algo la compañía eléctrica por querer hacer esa modificación que va a suponer un cambio de recorrido o la implantación de un poste eléctrico?

Respuesta
1

Tienes que ponerte en contacto con la compañía, bien directamente o a través de un instalador autorizado, para que venga a mirar el caso.

Lo habitual es que envíen un inspector que hace un informe a la vista de la instalación y de las obras a realizar, que incluye una propuesta de solución para el tema del tendido eléctrico y un presupuesto de realización de la misma.

También es posible que en tu comunidad autónoma no funcione exactamente así y sea el instalador autorizado el que puede resolver directamente. Por eso te decía que tienes que llamar a la compañía y exponerles el caso, que ellos te dirigirán al interlocutor adecuado.

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ARQ5 ARQUITECTOS

gracias, pero..... siendo mi fachada la que sirve de soporte al tendido eléctrico y siendo que en esa casa deshabitada jamas hubo ni se contrato luz...

que posibilidades hay de que la compañía me cobre por hacer esos cambios o por colocar ellos un poste ???

Pues hay muchas posibilidades de que te cobre puesto que la conducción ya pasa por ahí y tienen ese derecho (es habitual). De manera que si las obras que haces afectan al tendido debes acometer los gastos que se deriven de ello.

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