Taladrar paredes

He alquilado un piso sin amueblar, quisiera que alguien me explicará hasta que punto puedo taladrar paredes para aquellos muebles que lo necesiten. En el contrato no pone nada concreto, simplemente se dice que para realizar obras de cualquier tipo debo consultar a la propietaria ¿taladrar para fijar un mueble o unas lámparas se considera obra?

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No eso no es obra, de lógica tu traes unos cuadros y tienes que colgarlos, obra es cambiar el suelo, lucir paredes, pintar etc, pero poner cuadros o lámparas no es obra, ademas no creo que vayas a dejar las paredes como un queso, así todo para que vea ella tu buena intención dila que vas a colgar unos muebles y lámparas y cuadros y que la avisas para ver si no la importa, simplemente eso, claro cuando te vayas has de dejar el piso como lo encontraste
OK, lo lógico parece ir con la verdad por delante y de buena fe, pero ¿y si se niega? Ejemplo: me permite colocar las lámparas o un mueble porque considera que inevitable, pero me dice que no coloque una estantería o que no fije el cabecero de la cama. Gracias por adelantado.
No creo que se niega, otra cosa seria que fueras a hacer rozas para pasar cables o picar la pared entera, así que no te apures es lógico que pongas estanterías, muebles, lámparas etc, finalizame la pregunta

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