¿Quién paga la reparacionen piso de alquiler?

Firmé un contrato donde se expresa que como inquilina soy responsable única de las reparaciones por el desgaste o rotura de las condiciones de habitabilidad de la vivienda.
Y en otra parte dice que en caso de necesidad de reparaciones "de carácter general" debo asumir el por ciento de gastos correspondiente según normativa.
Resulta que desde ayer al encender uno de los a/a se va la electrividad en todo el piso, al parecer el aire tiene un corto circuito, que quizás sea también la causa de la rotura del interfono, que dejó de funcionar hace unas semanas.
No se a quien corresponde el pago de esta reparación, no se si se entiende estos problemas como reparaciones de "carácter general",
Agradecería mucho cualquier ayuda, me urge mucho, estoy muy preocupada por el cortocircuito y su peligro

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Aunque tú hayas firmado la cláusula que explicas... la LAU te ampara ya que cualquier cosa que firmaseis en el contrato que vaya en contra de lo que dice la LAU, y perjudicando al inquilino SERÁ NULA.
Artículo 21. Conservación de la vivienda
1. El arrendador está obligado a realizar sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.
Así que si hay un problema en la instalación eléctrica, debería ser el casero quien la repare.
Si las averías del interfono y el aire acondicionado han sido coincidencias, pero nada tienen que ver con la instalación eléctrica, serán entonces a tu cargo.
Un técnico electricista será quien deba inspeccionar la instalación. Pero tendrás que persuadir a tu arrendador para que se lleve a cabo

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