Desperfectos en la vivienda

Tengo entendido por respuestas tuyas a otros, que los desperfectos de los aparatos son a cargo del inquilino, pues no es un hotel, sino una vivienda para hogar habitual.
Yo siempre he pensado de la misma manera que tú, pero me sorprende que expertos contesten diciendo que todos los aparatos deberán de ser reparados por el arrendador a no ser que sea por mal uso del mismo.
Yo pienso que todo es razonable, si alquilas y al mes se avería la lavadora pues por sentido común el arrendador deberá de poner una nueva, pero si ya es contrato maduro, son averías de uso, por lo tanto pienso que son a cargo del inquilino que lo usa y no del dueño que lo dispone. Otra cosa es la rotura de una tubería o desperfecto por instalaciones eléctricas etc., ni siquiera los atascos creo de son responsabilidad del dueño.
Me gustaría saber tu opinión del tema.

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No es mi opinión.
Artículo 21. Conservación de la vivienda
1. El arrendador está obligado a realizar sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.
Artículo 1564 del código civil
El arrendatario es responsable del deterioro causado por las personas de su casa.
4. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario.
Otra cosa es que se pacte pagar a medias, que tampoco es una mala opción. Pero la ley está escrita y es la que rige todos los contratos salvo que se especifique lo contrario.

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