¿En el Subarriendo de negocio el arrendatario mantiene la licencia de actividad?

Necesitaría por favor si me pudieran informar en un caso de subarriendo de un bar en Bilbao si el arrendatario tiene que mantener la licencia de actividad, (o si es recomendable si no es obligatorio), o se tiene que dar de baja y el subarrendado darse de alta.

¿En cuánto a los proveedores y al agua, luz, teléfono, etc, nos tenemos que dar de baja y el subarrendado darse de alta?. Porque como no sea así y no pague puede suponer un problema...

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Si la actividad económica la realiza otra persona o empresa, la licencia debe estar a nombre de esta persona o empresa, o el ayuntamiento puede sancionar... por lo tanto han de preguntar en su ayuntamiento la posibilidad del cambio de titular o la obligación de solicitar una nueva...

Efectivamente deben de cambiar los suministros al nuevo titular... para evitar ese problema.

Tengan en cuanta que el subarriendo ha de estar autorizado por el propietario del inmueble.

¿Y entonces si se cambia la titularidad de la licencia al subarrendado y luego no cumple con los pagos?. ¿O cuando finalice el subarriendo hasta que encontremos otra persona interesada qué ocurre con la licencia?

Muchísimas gracias,

Un saludo,

Pues esto es un problema que existe... normalmente se incluye una clausula en el contrato para que en estos casos, la licencia vuelva a la titularidad de quien se indique...

Si su ayuntamiento permite el cambio de titular, también se suele tener preparada toda la documentación (copia de la licencia, DNI del titular y demás documentación), preparada para esta situación.

O se puede mantener la titularidad de la licencia y arriesgarse a la posible sanción del ayuntamiento...

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