Pagar Iva por local comercial con licencia de baja
Hace meses que el inquilino del local no paga el alquiler. Quiere traspasarlo y cuando lo haga pagará toda la deuda. Como es familiar, de momento le damos unos meses de margen.
La cuestión es que ya dió de baja hace 4 meses la licencia de actividad -el se ha jubilado- y el local está cerrado. ¿Tenemos qué seguir haciendo la liquidación del IVA (Modelo 303) y él tiene que seguir pagando la retención del alquiler (modelo 180) igualmente, aunque la licencia ya esté de baja y el local cerrado?
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Respuesta de Manuel Pregal
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