Liquidación de retenciones

Llevo la contabilidad de una sl, entonces trimestralmente nos pasan por el banco la liquidación del IRPF de las nominas, hasta ahí todo bien, la duda que me surge es con las retenciones del recibo de arrendamiento que pagamos también mensualmente, es decir, el cargo que nos pasan por banco trimestralmente solo corresponde a las retenciones de las nominas, y las retenciones del arrendamiento todavía no se han liquidado a día de hoy.

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Cuando usted contabiliza los alquileres, ha de contabilizar la retención que realiza al propietario y el IVA de estas facturas. Por el banco, usted realiza el pago, de un alquiler (como inquilino), pero si sumamos el IVA y restamos la retención, en realidad esta pagando la base imponible... Así ha de figurar en la factura que el propietario ha de emitirles mensualmente.

Trimestralmente es usted el encargado de realizar el modelo 115 de retenciones por alquileres, y liquidar en Hacienda.

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