Entiendo que Usted firmó un contrato el 28 de Enero de 2.011 y que el 28 de Enero de 2.012 se hizo la prórroga (automática durante los 5 primeros años en caso de vivienda habitual, tal y como recoge la Ley de Arrendamientos Urbanos).
Entiendo también que la primera mensualidad que pagó fue la de febrero-2011.
Ahora, llegada la renovación se pueden hacer dos cosas:
1.- Esperar a que se publique el IPC de febrero (cosa que sucederá el 15 de marzo), cobrar hasta ese momento la renta actual (febrero-2012 y marzo-2012), hacer los cálculos y cobrar la nueva renta desde abril-2012 y abonar las diferencias correspondientes a febrero y marzo.
2.- Aplicar ya en el recibo de febrero-2012 "el último IPC conocido", que es el de diciembre-2010 a diciembre-2011.
En cualquier caso Usted ha de pagar 12 recibos al precio antiguo y los 12 siguientes al precio modificado.
Ambas soluciones son lícitas, pero por comodidad se suele aplicar la segunda opción.
Puede consultar los índices en www.ine.es
Suerte.