Duda actualización renta antigua

Este es el 4º año que estamos realizando la actualización de un piso de renta antigua de mis abuelos. Tras muchos años de trámites sin éxito, logramos asombrosamente comenzar a incrementar la renta. Quizás por la sencillez y rapidez de resultados, y porque cuando se acude a un profesional, nunca se pone en duda su capacidad... Continuamos con el proceso, que nunca nos explicaron bien.
Con la certificación del INE del IPC desde diciembre de 1984 hasta diciembre del último año, se van haciendo estos cálculos. Hasta ahí, no tengo ninguna duda. Mi duda salta a la hora de aplicar el porcentaje, pues el incremento ha de ser de modo progresivo, ¿cierto?. Según he estado leyendo en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, ha de realizarse durante 10 años, incrementando sólo un 10% el primer año, un 20% el segundo año y así, sucesivamente...
Aquí me temo que es donde me he perdido y donde encuentro incoherencia en las cantidades que se han ido aplicando, pues me encuentro con un incremento del 7,6%, 26,6%, 20% y para este año... Sale un 3%. De aquí mi preocupación... Que me ha hecho investigar. Este año, creo que simplemente es el error de haber hecho el cálculo de subida ANUAL que corresponde de IPC este año, no como renta antigua... El problema es echando la vista atrás, porque no me salen para nada las cuentas. ¿Puede arrojar un poco de luz? Estoy totalmente perdida...

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Básicamente los cálculos se hacen como Usted indica, pero tal vez con un ejemplo se aclare mejor la cosa.
Supongamos un alquiler de fecha 1-febrero-1964, y que la renta inicial (la que pone el contrato) era de 20 euros/mes.
Esta cantidad se fue incrementando a lo largo de los años de acuerdo con el IPC correspondiente.
En el 1 de febrero de 1.995 (ya entrada en vigor la LAU/94), la renta vigente en ese momento era de 110 euros/mes.
Dado que la LAU nos lo permite, aplicamos el cálculo de actualización. La operación sería Renta inicial por IPC ENE-95 / IPC ENE-1964. Consultando las tablas de www.ine.es tenemos estos datos 20 x 113,074 / 5,842 = 388,57 euros. Si vamos de 10% en 10% vemos que la primera cantidad que supera los 110 euros/mes es el 30%, es decir, que a partir de febrero-1995 el cliente pagará 388,57 x 30% = 116,57 euros.
Llegados a febrero-1996 repetimos el cálculo, tomando ahora como referencia el IPC de enero-1996. El cálculo sería Renta inicial x IPC ENE-96 / IPC ENE-1964, lo que en números es 20 x 117,462 / 5,842 = 402,13 euros. El porcentaje que toca es el siguiente, es decir 40%, por lo que a partir de febrero-1995 el cliente pagará 160,85 euros.
Seguiríamos así hasta alcanzar el 100%, y de ahí en adelante aplicaríamos el IPC interanual.
No entiendo bien por qué se empieza aplicando un 30%... Mire, el ejemplo claro del primer año... ¿Renta Inicial 60,10?
Recupero los datos por el INE, puesto que no tengo copia de las actualizaciones de 1º y 2º año...
1º año (dic 84, dic 2007): ¿Renta actualizada 161,61? TV: 168,9%. Ese año se solicitó que correspondía pagar 64,70. A mí aquí... no me sale el cálculo por ningún sitio...
2º año (dic 84, dic 2008): RA 163,05?. Se pidió que se pagase 81,96?
3º año (dic 84, dic 2009) RA 165,21 ?. Se pidió que se pagase 99,14?
4º año (dic 84, dic 2010) RA 170,14 ?. Se pide este año 102,10 ?
En comparación, nos extraña que ni siquiera suba 3 euros... y es cuando intentamos hacer los cálculos, que no nos salen...
Con los datos que me facilita, el cálculo sería 60,10 x IPC DIC-2007 / IPC DIC-1984, ¿lo qué en números da 161,61?.
Buscaríamos el porcentaje (múltiplo de 10%) que superase la renta vigente en ese momento (¿entiendo qué era 61,10?), por lo que sería aplicable el 40%, ¿es decir que el cliente debe pagar el 40% de 161,61? = 64,64 euros/mes.
Al año siguiente (2º) aplicaríamos el 50% de 60,10 x IPC DIC-2008 / IPC DIC-1984, que sería el 50% de 163,95 = 81,98 euros.
Al siguiente (3º) aplicaríamos el 60% de 60,10 x IPC DIC-2009 / IPC DIC-1984, que sería el 60% de 165,21 = 99,13 euros.
Al otro (4º) aplicaríamos el 70% de 60,10 x IPC DIC-2010 / IPC DIC-1984, que sería el 70% de 170,14 = 119,10 euros.
Así seguiríamos hasta alcanzar el 100% (7º año), que sería el 100% de 60,10 x IPC DIC-2013 / IPC DIC-1984.
Al 8º año aplicaríamos a la renta vigente en ese momento la variación de IPC dic-2013 a dic-2014.
Los cálculos que me indica están más o menos bien, pero el del 4º año tiene un error (seguramente de transcripción).
Disculpe la demora en la respuesta... pero me fui directa y con las ideas claras a pedir explicaciones. No salgo de mi asombro de la cantidad de incoherencias que me han contado en el despacho. Que si estaba mal calculado desde el principio y este año me mantiene el 60% para compensar (y eso después de decirme que lo están haciendo en 5 años, por tanto, no corresponden esos porcentajes...). Le pedí que me hiciese el cálculo de lo que se debería haber pedido y... ¡Sorpresa! Le daba cantidad mayor, a la que en realidad se cobró... así que... que me diga que estamos cobrando de más, no lo entiendo. Después que el fallo era en otro año, que los plazos del IPC estaban mal, porque no se puede pedir desde dic del 84, que tiene que ser 1 año después del contrato... que si el IPC del 2009 dio un pico, que fue un 0, algo (que en una renta antigua... sigue sin afectar, como si hago la subida anual de una renta al día, que claro que sería una subida mínima). En fin, mi confianza a día de hoy en estos "profesionales" es cero... y ya he dejado el tema en segundas manos para que me hagan una comparación. Mañana, hablaré de nuevo con ellos, a ver si ahora, atinan con el supuesto fallo, que no tenían intención de comunicarme... si no llego a ir hoy allí a pedir explicaciones. En fin, mil gracias, porque sin su ayuda no hubiese tenido la retórica suficiente para exigir explicaciones coherentes.
Gracias a Usted y suerte en el asunto!

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