¿Cómo puedo rescindir contrato alquiler local comercial por pérdidas?

Tengo una cafetería en Madrid desde hace 8 años y medio. En su día firmé un contrato de alquiler del local por 10 años que finaliza en diciembre del 2014. En dicho contrato no figura NADA sobre la resolución anticipada del mismo: no hay plazo de preaviso, ni indemnización, ni nada. Desde hace meses tengo pérdidas pero he intentado mantenerme para ver si mejoraba la situación. No puedo seguir pagando porque no tengo ingresos suficientes. En Semana Santa informé verbalmente al arrendador de que si se mantenía la situación tendría que cerrar en verano. En junio le informé que iba a cerrar a 31 de julio pero se niega a firmarme el documento en el que le comunico el cierre. No puedo seguir pagando sueldos, alquiler y resto de gastos durante el año y pico que me queda, ¿qué opciones tengo?

Respuesta
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Lo mejor es que busque un abogado, realice las consultas pertinentes sobre su situación financiera e inste una declaración concursal de la actividad que ejerce, y será el propio juzgado el que determine como actuar.

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A pesar de contestarte tarde porque en estos últimos días parece que ha surgido una posibilidad de traspasar el local, (aunque de momento no hay nada definitivo) te agradezco muchísimo tu respuesta.

Si fuera posible me gustaría saber en qué consiste una declaración concursal de la actividad y que implicaciones puede tener para mi o mi patrimonio familiar. También que ventajas puede tener frente a negociar con el propietario del local.

Nuevamente te agradezco tu respuesta e interés por ayudar.

¡Muchas gracias!

La diferencia está entre tomar el tema como un conjunto (la actividad) o encerrarlo en una parte (el alquiler del local)

Según su propia exposición, la actividad genera pérdidas, tiene costes como salarios, gastos y alquiler, y los ingresos no cubren dichos costes.

Una declaración concursal busca reflotar la empresa, y requiere unos trámites, abogados y costes, pero el fin de la misma será fijar una quita (deducción parcial de las deudas) y ajustar ingresos y gastos. Naturalmente no es barato, ni se puede hacer con ligereza.

Por otro lado, si negocia con el propietario sin otro instrumento, si no llega a un acuerdo, le llevará a los tribunales, al no haber clausula de rescisión u otra que ampare su situación, a sentencia previsiblemente será favorable al demandante y le coartará su actividad personal y sus ingresos futuros.

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