Revisiones vehículo industrial en garantía

Tengo un vehículo Mitsubishi canter portacoches de 7500kgs de PMA, destinado al servicio público, con 3 años y con ampliación de garantía a 5 años.
El vehículo lo compré nuevo y hasta ahora las revisiones se han pasado en Concesionario Oficial pero es que me pilla lejos y a la hora de cobrar creo que se pasan bastante comparando entre unos y otros.
Mi pregunta es si puedo pasar las revisiones en un taller independiente como dice la ley creada, usando recambio original y respetando el programa de mantenimiento de la marca sin que por ello me pongan pegas por la categoría del vehículo en caso de rotura de cualquier pieza incluida en garantía por la marca del vehículo.
No sé si la ley distingue clases o categorías de vehículos.

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Lo más seguro es que esta "ampliación de garantía" no sea tal y que hayas contratado un seguro mecánico.
Si es así, una de sus condiciones para mantener las coberturas es que tienes que pasar los mttos. En el concesionario en tiempo y Km.
Al ser un contrato voluntario entre empresa-Cliente, pueden poner esta clausula puesto que no se rige por la ley de garantías.
Gracias por tu pronta respuesta.
Verás, acabo de recibir una copia del contrato y es un programa de ampliación de garantía contratada con Mitsubishi Motor Company Automóviles España SA., programa ofertado en su página web.
En éste contrato, veo que en el apartado 2.3 pone lo siguiente, en anteriores apartados los requisitos para la contratación de dicha ampliación, como kms máximos y tener sellado el libro de mantenimiento durante los primeros años de garantía y los sellos han de ser de la Red oficial.
2.3.- Desde el momento de la suscripción del PGM MMCE (llamado así dicho programa), tpdas las reparaciones, mantenimiento y/o inspecciones han de realizarse siempre en un taller autorizado por la red MMCE. Las reparaciones y/o intervenciones efectuadas fuera de la red de servicio no están amparadas bajo éste contrato, y además, en caso de efectuarse, implicarán para el cliente la pérdida definitiva de la garantía recogida en el PEG MMCE.
Después de ver el apartado creo que está bien claro que tiene que ser en Mitsubishi, sino pierdes todo derecho sobre la garantía contratada, pero...
¿Se adecua a la Ley?, ¿Se salta la Ley a la torera cuando el contrato se firmó en Octubre de 2009?, ¿Es opcional la Ley para éste caso y para MMC España?
Gracias
Sí se adecua a la ley puesto que el reglamento europeo obliga a 2 años de garantía sin límite de kilometraje.
Al ser coberturas voluntarias excediendo este período, pueden poner éste tipo de condiciones.
Al pasar mantenimientos fuera, pierdes la extensión de garantía, pero no el periodo obligatorio según la UE.

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